Certificarse significa obtener un reconocimiento, expreso y público, del cumplimiento de los requisitos necesarios para prestar una asistencia de calidad, así como el inicio de una línea de mejora continua por parte de un profesional. Por ello, la certificación no es un fin en sí misma, sino un proceso dinámico, continuo y evolutivo, que brinda a los profesionales la oportunidad de establecer alternativas de desarrollo para crecer en calidad.
Cuando un profesional es competente en un ámbito concreto de su desempeño profesional, presenta una serie de comportamientos, observables y medibles, que verifican la presencia de esa Competencia: Este conjunto de comportamientos constituyen sus Buenas Prácticas, que pueden observarse y medirse a través de Evidencias y Pruebas.
Las Evidencias que permiten verificar la presencia de una Buena Práctica, han sido clasificadas por niveles de complejidad y pueden ser de varios tipos:
Con respecto a cuántas Evidencias y Pruebas tiene que aportar un profesional, es importante tener presente que, de las Evidencias contenidas en el Manual de Competencias correspondiente a su grupo profesional, en función del Nivel de Acreditación que pretende demostrar o alcanzar, el número y porcentaje de evidencias requerido es diferente.
En función de estos porcentajes de evidencias obtenidos (Esenciales, Grupo I, II y III), el resultado podrá ser la Certificación en alguno de los siguientes grados:
Tal como se recoge en el Decreto 18/2007, de 23 de enero, por el que se regula el sistema de acreditación del nivel de la competencia profesional de los profesionales sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía , la Acreditación tendrá un periodo de vigencia de cinco años. Transcurrido dicho periodo, la acreditación dejará de tener efectos, salvo que con anterioridad se hubiera iniciado el proceso de reacreditación. (Artículo 13, punto 1).