El modelo 621 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la compraventa entre particulares de vehículos usados confecciona el modelo necesario para, una vez realizado el ingreso, realizar el cambio de titularidad del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.
El modelo 621 incorpora la tabla de los precios medios aprobados anualmente por Orden Ministerial, por lo que conocerá de forma inmediata y automática el importe de la liquidación del impuesto.
La Administración Tributaria verificará posteriormente:
Antes de iniciar el proceso de confección e impresión o presentación del modelo 621 deberá asegurarse de tener disponible la siguiente documentación:
Datos identificativos del comprador, del vendedor y del presentador (NIF, nombre y domicilio) que deberán constar en el Contrato o documento acreditativo de la transmisión.
Los datos técnicos del vehículo se obtendrán automáticamente por el sistema una vez introducidos los datos del vendedor y la matrícula (disponga del Permiso de circulación y ficha técnica para verificar el modelo)
Otra información de utilidad:
El procedimiento consta de las siguientes fases:
Es necesario que los datos del comprador se encuentren en la base de datos de contribuyentes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública; en caso contrario la aplicación devolverá un mensaje de error, por lo que la autoliquidación del impuesto deberá realizarse presencialmente en cualquiera de nuestras Delegaciones Provinciales o Unidad Tributaria de Jerez de la Frontera.
En el apartado "Características Técnicas", se introducirá la matrícula del vehículo, tras lo cual se debe pulsar el icono de la lupa (Ver figura), para que el sistema cumplimente automáticamente, en caso de que los datos sean correctos, los datos técnicos del vehículo así como la fecha de la 1ª matriculación.
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Importante: por motivos de confidencialidad de datos, es necesario haber introducido el NIF/CIF del Vendedor/Transmitente para poder obtener los datos del vehículo.

Nota: es posible que, tras obtener los datos técnicos, en el campo "Modelo" aparezca un modelo de vehículo orientativo; en tal caso deberá seleccionar el modelo exacto de la lista de modelos, que se despliega al pulsar el icono lupa.


La identificación concreta de su vehículo la debe verificar mediante el permiso de circulación y la ficha técnica.
En función de los datos correspondientes al vehículo, se establecerá el precio medio del mismo, correspondiendo éste a la valoración establecida por Orden anual del Ministerio de Economía y Hacienda.
También se incluye un campo llamado "Fecha prevista de presentación/ingreso" a tenor de la cual la aplicación calcula los recargos e intereses devengados en caso de presentación fuera plazo.
El plazo de ingreso o de presentación (para declaraciones sin ingreso) es de treinta días hábiles desde la fecha de devengo, transcurridos los cuales se devengan los siguientes recargos (artículo 27 LGT):
En cumplimiento del apartado 5 del artículo 27 de la Ley General Tributaria, el modelo aplica automáticamente la reducción del 25% del recargo por declaración extemporánea. Para que la reducción del recargo sea efectiva deberá:
De este modo, realizado el ingreso a través de la plataforma de pago telemática, o en la Caja de la Delegación -si opta por la presentación presencial-, o realizados los ingresos correspondientes a las cantidades aplazadas o fraccionadas, los recargos efectivamente aplicados serían los siguientes:
Vehículos destinados a taxi, alquiler o auto-escuela.
Si el vehículo ha estado destinado exclusivamente durante más de 6 meses desde su primera matriculación definitiva a alquiler, autoescuela o taxi, deberá indicarlo en la casilla "Reducción" escogiendo la opción del desplegable, para que el modelo aplique una reducción del 30% sobre el valor del vehículo.

Con resultado sin ingreso. El programa únicamente le permite consignar el supuesto de exención provisional, prevista para cuando el comprador sea un empresario dedicado habitualmente a la compraventa de vehículos usados y los adquiera para su reventa.

La presentación en este supuesto únicamente podrá realizarse por vía telemática, y está condicionada a haber obtenido previamente una autorización para poder presentar autoliquidaciones caucionales.
Carga automatizada de datos provenientes de Aplicaciones informáticas de gestorías administrativas.
Una vez consignados todos los datos, debe pulsar el botón "Enviar", situado en la cabecera del modelo.

Si los datos son correctos, se presentará una pantalla con los datos introducidos junto a los datos resultantes de la liquidación del impuesto (base imponible, cuota, recargos en su caso, etc.).

Se someterá a su consideración la aprobación de dichos datos para su rectificación o conformidad. En caso de rectificar algún dato, deberá pulsar de nuevo el botón "Enviar" para obtener de nuevo el resultado de la liquidación.
En el caso de que los datos introducidos presenten errores, el sistema le avisará mediante una nueva ventana y un indicador en cada uno de los campos erróneos. Una vez rectificados los datos deberá volver a enviar los datos.
Si estuviera de acuerdo con la liquidación, podrá optar a imprimir un documento de autoliquidación del modelo 621 en formato PDF, para realizar la posterior presentación presencial, o a realizar el pago y presentación telemática a través de la plataforma de pago electrónico de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
La siguiente imagen muestra un ejemplo de las dos opciones que se le presentarán:
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para descargarlo
Una vez descargado el modelo tributario, deberá imprimirlo en su impresora personal. Tenga en cuenta las siguientes instrucciones para la impresión.
Si optó por presentación presencial de la autoliquidación tras haber impreso el modelo, deberá realizar el ingreso en cualquier Entidad Colaboradora.
El modelo 621 no se deberá adjuntar ni enviar a la Administración Tributaria, pero deberá conservarlo para posibles comprobaciones.
La distribución de los ejemplares será la siguiente:
Si optó por la presentación telemática de la autoliquidación, la información del modelo 621 ya estará en posesión de la Administración Tributaria, pero deberá conservarla para posibles comprobaciones.
En este caso la distribución de los ejemplares será la siguiente:
Si desea más información sobre el régimen tributario de estas operaciones, pulse aquí.
Puede ocurrir por varias razones:
Si el vehículo no aparece en la lista de vehículos, es posible que los criterios de búsqueda de la lista sean demasiado restrictivos o alguno sea incorrecto. Borre o modifique alguno de los criterios de búsqueda (Modelo/Año/Motor, Cilindrada, Potencia Fiscal) y pulse de nuevo el botón "Filtrar".
En caso de que no aparezca ningún modelo, deberá realizar la autoliquidación mediante un modelo físico 620.
En este caso deberá realizar la autoliquidación mediante un modelo físico 620.
Al pulsar la opción para obtener automáticamente los datos del vehículo puede aparecer el error "Número máximo de intentos excedido". Este error se debe a que, por motivos de seguridad, sólo puede realizar tres intentos para obtener automáticamente los datos del vehículo.
Para subsanar el error, debe limpiar el formulario y reiniciar su confección.
Este error aparece porque una vez insertada la matrícula y pulsado el icono de lupa para obtener los datos del vehículo, aparece en el campo Modelo un modelo orientativo, siendo necesario seleccionar manualmente el modelo de la lista desplegable (pulsando el icono lupa junto al campo "Modelo") antes de pulsar "Enviar".
Para solucionarlo, seleccione manualmente un modelo de la lista desplegable, y vuelva a pulsar "Enviar".
La opción Imprimir no está disponible para el modelo 621 en que se alegue la exención provisional para profesionales dedicados a la reventa de vehículos usados.
Si en la confección on-line del 621 caucional no se activa tampoco la opción "Presentación Telemática", tras enviar los datos y sin que haya errores, se debe a que no está registrada su autorización para presentar liquidaciones caucionales en nombre de ese sujeto pasivo.
En este caso, el presentador tendrá que dirigirse a la Gerencia Provincial de su provincia, para solicitar la incorporación de esa autorización.
Agencia Tributaria de Andalucía
Centro de Información y Atención Tributaria - Teléfono: 901 500 501