Tras la aplicación del Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola. se establece un plazo máximo de DOS AÑOS a partir del día 16 de julio de 2.009, para la inscripción en el ROMA de los equipos de tratamientos fitosanitarios, así como los equipos de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso.
En el caso de no disponer del certificado de características, podrá sustituirse por una declaración firmada por el titular de la máquina, en la que se reflejen los datos identificativos de la misma, marca, modelo, número de bastidor y sus principales características técnicas.
En aquellos equipos que carezcan de número de bastidor, se troquelará o grabará de forma indeleble en su chasis un número para su identificación individual. Este número le será proporcionado por el R.O.M.A. de la Delegación Provincial correspondiente.