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Producción ganadera

Alimentación animal

El Programa de control oficial de alimentación animal de Andalucía está gestionado por el Servicio de Producción Ganadera de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y se integra en el Programa de Control Oficial en Alimentación Animal aprobado en la Comisión Nacional de Coordinación en materia de Alimentación Animal (CNCAA) conforme al Reglamento (CE) Nº 882/2004.

El Programa se organiza en las siguientes divisiones o programas además de la información general:

  • Programa de Proteínas Animales Transformadas (PAT’s) en Alimentación Animal.
  • Programa sobre Otras Sustancias y Productos destinados a la alimentación animal: Calidad, Organísmos Genéticamente Modificados (OGM’s), Sustancias Indeseables, Sustancias Prohibidas, Microbiología y Piensos Medicamentosos.
  • Otros programas especiales: Plan de Dioxinas y Policlorobifenilos (PCB’s) similares a las dioxinas, y otros que se desarrollen.
  • Registro / Autorización de los operadores en el sector de la alimentación animal.
  • RASFF: Red de Alerta en el ámbito de la alimentación animal (Rapid Alert System of Feed and Food)

Para la elaboración del Programa de control y el conocimiento adecuado del sector, así como para colaborar con el mismo en la gestión de las medidas que este debe adoptar para garantizar seguridad alimentaria. y para que esta seguridad sea percibida por la sociedad, resulta necesario, y obligatorio, que los operadores fabricantes de piensos compuestos, medicamentosos o no, aditivos y premezclas, comuniquen sus productos, así como, las materias y sustancias empleadas en su elaboración con relación al año civil transcurrido y antes del 31 de enero de cada año. Entre dichos operadores fabricantes se encuentran incluidos necesariamente los Fabricantes – Ganaderos para consumo en su propia explotación (“Autoconsumo”)

Por todo ello, y para dar cumplimiento al artículo 7.2 del Real Decreto 821/2008, de 16 de mayo, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos y se establece el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal (BOE núm. 127 de 26 de mayo de 2008) que dice en su artículo 7 relativo a “Obligaciones y derechos de los explotadores de empresas de piensos” apartado 2:

“En el caso de los explotadores de empresas de piensos que sean fabricantes de piensos compuestos, aditivos o premezclas, deberán remitir a la autoridad competente, antes del 31 de enero de cada año, los datos relativos a las cantidades de cada uno de los productos fabricados así como la cantidad de las materias primas, aditivos, premezclas y piensos complementarios empleadas, referidas todas al año precedente”;

la CNCAA ha dispuesto unos modelos de Declaración de producción con los datos mínimos que deben remitir los fabricantes de piensos compuestos, aditivos o premezclas.

Dicha obligación, asimismo, queda reflejada en el artículo 9. 2 de la Orden de 23 de marzo de 2010 de la Consejería de Agricultura y Pesca.(BOJA núm. 63 de 31 de marzo de 2010)

Para recabar dicha información en Andalucía, respecto a dicha declaración de producción se han normalizado los nuevos modelos en formato Excel, adaptando los de la CNCAA, que podrán descargarse y deberán cumplimentar todos los establecimientos afectados: 

(Conviene precisar que cada una de las Declaraciones constituye un libro EXCEL que deberá ser descargado y cumplimentado en todas sus hojas.)

Las declaraciones se presentarán a través de cualquier procedimiento y lugar autorizado por la ley de procedimiento administrativo, y preferentemente a través de los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, u Oficinas Comarcales Agrarias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 821/2008, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones, administrativas o no, establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril de Sanidad Animal, en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor de la producción agroalimentaria, la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición y la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.

Otras páginas web interesantes en Alimentación Animal, se pueden conseguir a través de: http://silum.magrama.es/silum/ 


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