La Tuberculosis Bovina es una enfermedad infecciosa limitante del desarrollo ganadero. Está incluida en la lista de la OIE, y es de notificación obligatoria en la UE. Es una enfermedad infectocontagiosa que afecta al ganado bovino produciendo un cuadro crónico, que genera pérdidas económicas por muerte o sacrificio de los animales, decomisos a nivel de mataderos, menor productividad y disminución en la valoración de la leche. Tiene además carácter zoonótico, por lo que adquiere gran importancia en salud pública.
A lo largo de los últimos años la ejecución del programa de erradicación ha conseguido reducir la prevalencia de la enfermedad pero los avances conseguidos no son satisfactorios. El programa de erradicación de tuberculosis bovina incluye las siguientes actuaciones sobre los rebaños bovinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía:
Todas estas medidas de prevención, control y erradicación deben ser necesariamente complementadas, para que sean efectivas, por prácticas adecuadas de manejo aplicables a la prevención y el control de otras enfermedades infecto-contagiosas.
En Andalucía las actuaciones para la calificación de las explotaciones bovinas se realiza por lo general por veterinarios autorizados por la Administración, bien por veterinarios de ADSG o por veterinarios del Directorio.
El objetivo final es la erradicación de la enfermedad, considerando como tal la consecución de no mas de un 0,1% de rebaños bovinos infectados por año durante 6 años consecutivos, y que al menos el 99,99% de los rebaños son oficialmente libres durante esos 6 años consecutivos.
Un rebaño se considera positivo, si en él al menos un animal susceptible de ser examinado por su edad no ha superado las pruebas oficiales (tanto de rutina como complementarias) con resultado favorable, o no han sido sometidos a la totalidad de las pruebas de diagnóstico todos los animales susceptibles de serlo.