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Pesca y Acuicultura

Fondo Europeo de la Pesca

Introducción FEP
El sector de la pesca profesional y el complejo de actividades económicas vinculadas a ella, precisan de un conjunto coherente de intervenciones que le ayuden a superar las transformaciones que han de afrontar como consecuencia, entre otros factores, de la necesidad de llevar a cabo una explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos y de la acuicultura, en el contexto de un desarrollo sostenible que tenga en cuenta los aspectos medioambientales, económicos y sociales, de manera equilibrada.

La Unión Europea, a través del Reglamento (CE) núm. 2371/2002, del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común, el Reglamento (CE) núm. 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca (FEP) y, el Reglamento (CE) núm. 498/2007 de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1198/2006 del Consejo, define el marco de apoyo comunitario en favor del desarrollo sostenible del sector pesquero, de las zonas de pesca y de la pesca interior, promueve la participación financiera de la Comunidad para el desarrollo de acciones estructurales en el sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y comercialización de sus productos para el periodo 2007-2013.

Las intervenciones del FEP tendrán como objetivo apoyar la política pesquera común a fin de asegurar la explotación de los recursos acuáticos vivos y apoyar la acuicultura para aportar la sostenibilidad necesaria en los planos económico, social y medioambiental. Las operaciones financiadas por el FEP no aumentarán el esfuerzo pesquero y se iniciarán siguiendo los principios de Complementariedad, coherencia y conformidad.

Las intervenciones del FEP tendrán como objetivo:
 
  • Apoyar la política pesquera común a fin de asegurar la explotación de los recursos acuáticos vivos y apoyar la acuicultura para aportar la sostenibilidad necesaria en los planos económico, social y medioambiental;
  • Promover un equilibrio sostenible entre los recursos acuaticos vivos y la capacidad de pesca de la flota pesquera comunitaria;
  • Promover un desarrollo sostenible de la pesca interior;
  • Potenciar la competitividad de las estructuras de explotacion y el desarrollo de empresas económicamente viables en el sector de la pesca;
  • Fomentar la protección y mejora del medio ambiente y de los recursos naturales cuando exista una relación con el sector pesquero;
  • Promover el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en zonas con actividades en el sector de la pesca;
  • Promover la igualdad entre hombres y mujeres en el desarrollo del sector pesquero y de las zonas de pesca.
Manual de Gestión de las Ayudas FEP

Eje prioritario 1: Medidas de adaptación flota pesquera

Ayudas a la paralización temporal por causas imprevisibles


Medidas socioeconómicas para apoyar flota pesquera
- Primas a la diversificación de actividades para promover pluriactividad pescadores.

- Primas a la diversificación de actividades para planes de reciclaje profesional en áreas distintas de la pesca marítima.
- Salida anticipada del sector pesquero.

- Jubilación anticipada.


Eje prioritario 2: Acuicultura, transformación y comercialización de productos de pesca y acuicultura

Acuicultura marina

Comercialización y transformación de los productos de pesca y acuicultura
- Comercialización en origen

- Comercialización en destino

- Transformación y comercialización

Eje prioritario 3: Medidas de interés público
 
Eje prioritario 4: Desarrollo sostenible de las zonas de pesca

Eje prioritario 5: Asistencia técnica

Planificación y evaluación
 
Igualdad entre hombres y mujeres
Los Estados miembros y la Comisión velarán por promover la igualdad entre hombres y mujeres y la integración de las cuestiones de género en las diferentes etapas de la ejecución del FEP, incluídas las fases de concepción, ejecución, seguimiento y evaluación.
Los Estados miembros velarán por promover las operaciones destinadas a incrementar el papel de las mujeres en el sector de la pesca.

Normativa

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