EXTRACTO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
ALUMNOS
Derechos y Deberes
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CAPÍTULO III
DEBERES Y DERECHOS DE LOS ALUMNOS


El objetivo fundamental de este Centro es desarrollar la personalidad del educando en todas sus facetas, para realizar dicho proceso debe existir una buena convivencia entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Ello requiere el desarrollo de una normativa que tiene que partir de los derechos y deberes reconocidos en el sujeto principal del proceso: el alumno. Tanto los derechos como los deberes que se desarrollan en el Real Decreto de 5 de Mayo de l995 tienen que analizarse partiendo de la realidad del nivel cronológico de los alumnos del Centro. Unos y otros deben ser tutelados por los profesionales responsables.
DERECHOS DE LOS ALUMNOS

La regulación de los derechos y deberes de los alumnos, se encuentran recogidos en el Decreto 85/1999, de 6 de abril, en el Capítulo II.

Se contemplan los siguientes derechos:

1. Derecho a una formación integral que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
2. Derecho a la objetividad en la evaluación. Que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.
               a. El Centro facilitará los criterios generales de evaluación y de promoción.
               b. Los padres podrán solicitar aclaraciones sobre las valoraciones del proceso de aprendizaje, sobre las                    calificaciones y sobre las decisiones que se adopten como resultado del proceso. Los padres podrán                    hacer reclamaciones sobre lo anterior al finalizar un curso.

3. Derecho a la igualdad de oportunidades.
4. Derecho a percibir ayudas compensatorias.
5. Derecho a la protección social en caso de infortunio familiar o accidente, así como a recibir atención sanitaria.
6. - Derecho al estudio.
7. - Derecho a la orientación escolar y profesional.
8. - Derecho a la libertad de conciencia, religiosa, ética e ideológica.
9. - Derecho a que se respete su intimidad, integridad física y dignidad personal.
10. - Derecho a participar en la vida del Centro.
11. - Derecho a utilizar las instalaciones del Centro.
12. - Derecho de reunión.
13. - Derecho a la libertad de expresión, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
14. - Derecho a la libertad de asociación.
15. - Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados a respetar los derechos del alumnado. El alumnado deberá ejercitar sus derechos con reconocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad.
16. - Derecho a conocer el R.O.F., que los tutores divulgarán a comienzos de cada curso
DEBERES DE LOS ALUMNOS

En el mismo Decreto y Capítulo, se recogen los siguientes deberes:

1. - Deber de estudiar, concretado en las siguientes obligaciones:
              · Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo del currículum.
              · Cumplir y respetar los horarios.
              · Respetar el derecho al estudio de los compañeros.
              · Seguir las orientaciones del profesor respecto a su aprendizaje.
2. - Deber de respetar la libertad de conciencia, convicciones religiosas y éticas, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad.
3. - Deber de no discriminar a ningún miembro de la comunidad por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
4. - Deber de cuidar correctamente las instalaciones y materiales del Centro.
5. - Deber de respetar el Proyecto de Centro.
6. - Deber de cumplir las normas de convivencia del Centro recogidas en el R.O.F.
7. - Deber de mostrar al profesorado el máximo respeto y consideración, igual que al resto de los miembros de la comunidad educativa.
8. - Deber de participar en la vida y funcionamiento del Centro.
9. - Deber de respetar y cumplir las decisiones de los órganos unipersonales y colegiados del Centro adoptadas en el ejercicio de sus competencias.
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