COMPETENCIAS DEL DIRECTOR
a)
Ostentar la representación del Centro y representar oficialmente a la Administración
Educativa en el Centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades
educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del Centro, de acuerdo con las
disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar
del Centro.
d) Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo
al logro de objetivos del centro, así como formar parte de los órganos consultivos
de la Dirección provincial que se establezcan al efecto.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Centro y controlar la
asistencia al trabajo. Aplicar el régimen disciplinario de todo el personal
adscrito al Centro, así como realizar la propuesta, cuando corresponda de incoación
de expedientes.
f) Mantener las relaciones administrativas con los diferentes organismos del
que depende este Centro, tanto de la Administración del M.E.C.D, como en determinados
asuntos de personal y de escolarización con la Delegación Provincial de la C.E.J.A.
g) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
h) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del Centro y ordenar los
pagos
i) Visar las certificaciones y documentos oficiales del Centro.
j) Proponer el nombramiento y cese de los cargos directivos y designar a los
Coordinadores de Ciclo y a los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido
en el R.D. 82/1996.k) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el
ámbito de su competencia.
l) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad
escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas
competencias, garantizando el derecho de reunión de profesores, padres, alumnos
y personal de administración y servicios.m) Elaborar con el equipo directivo
la propuesta del proyecto educativo y de la programación general anual, de acuerdo
con las directrices y criterios establecidos por el consejo escolar y las propuestas
formuladas por el claustro y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
n) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos
colegiados del Centro: Consejo Escolar, Claustro y Comisión de Coordinación
pedagógica del Centro.
o) Promover e impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su
entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos
de la zona.
p) Elevar al Ministerio de Educación y Ciencia la Memoria Anual sobre las actividades
y situación general del Centro.
q) Proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas.
r) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores
de la comunidad escolar.
s) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para
imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones
vigentes.
t) Aplicar la sanción de tres días máximo a los alumnos que infrinjan las normas
de convivencia.
HORARIO DE ATENCIÓN
De Lunes a Jueves, de 12:30 a 14:15
Viernes, de 12:30 a 13:15
Lunes por la tarde, a partir de
las 17
Funciones
del Equipo Directivo,
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