DEPARTAMENTOS: GENERALIDADES

         

DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS

Son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias de las áreas o materias que tienen asignadas y las actividades que se les encomienden, dentro del ámbito de sus competencias.

A cada Departamento pertenecen los profesores y profesoras de las especialidades que imparten las enseñanzas propias de dichas áreas o materias.

Están adscritos a un Departamento aquellos docentes que, aun perteneciendo a otro, imparten algún área o materia del primero.

COMPETENCIAS

Son funciones de cada uno de los Departamentos didácticos:

  1. Elaborar los aspectos docentes del Plan Anual de Centro correspondientes al Departamento.

  2. Formular propuestas al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica relativas a la  elaboración o modificación del Proyecto Curricular.

  3. Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación didáctica de las enseñanzas correspondientes a las áreas o materias integradas en el  Departamento, bajo la coordinación y dirección del Jefe/a del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

  4. Promover la investigación educativa y proponer actividades de  perfeccionamiento a la Jefatura de Estudios.

  5. Mantener actualizada la metodología didáctica.

  6. Resolver en primera instancia las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que el alumnado formule al Departamento y emitir los informes pertinentes.

  7. Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes  propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

  8. Proponer la oferta de materias optativas dependientes del Departamento, que serán impartidas por el profesorado del mismo, y elaborar las correspondientes programaciones  didácticas.

  9. Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica y proponer medidas de mejora que se deriven del mismo.

  10. Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza - aprendizaje en las áreas o materias integrados en el Departamento.

  11. Distribuir los recursos económicos asignados por el Consejo Escolar para la realización de actividades de su Departamento.

  12. Cualesquiera otras funciones que le sean asignadas reglamentariamente.

COMPETENCIAS DEL JEFE O JEFA DEL DEPARTAMENTO

Son sus funciones (todas ellas en lo que respecta al Departamento correspondiente):

  1. Coordinar la elaboración de los aspectos docentes del Plan Anual y de la programación didáctica de las áreas o materias.

  2. Dirigir y coordinar las actividades académicas.

  3. Convocar y presidir las reuniones y levantar acta de las mismas.

  4. Velar por el cumplimiento de la programación didáctica y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.

  5. Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer la adquisición del material y equipamiento especifico asignado y velar por su mantenimiento.

  6. Promover la evaluación de la práctica docente y de los distintos proyectos y actividades del mismo.

  7. Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Instituto, promuevan sus órganos de gobierno o la Administración Educativa.

  8. Representar al Departamento en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

  9. Velar por el grado de adecuación de las enseñanzas de las áreas o materias al Proyecto Curricular y, en su caso, ordenar las modificaciones oportunas.

  10. Colaborar con el Secretario/a en la realización del inventario de los recursos materiales.

  11. Elaborar y entregar al Secretario o Secretaria el proyecto de presupuesto correspondiente, consensuado previamente entre todos miembros del mismo, y teniendo en cuenta los porcentajes y criterios generales que, para su adjudicación, establezca cada año académico el E. T. C. P.

  12. Cualesquiera otras funciones que le sean asignadas reglamentariamente.

 

EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

El Departamento de Orientación está compuesto por:

  1. Un Orientador u Orientadora, perteneciente al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Psicología y Pedagogía.
    Dicha función es ejercida actualmente por Dª.
    M
    ª. Concepción Cabezas Consulta mediante correo electrónico

  2. El maestro o maestra especialista en Educación Especial.

Están adscritos también a dicho Departamento:

  1. El profesorado que tenga asignada la impartición de los ámbitos sociolingüístico y científico-tecnológico de los programas de diversificación curricular.

  2. Los docentes que imparten clase en el Programa de Garantía Social.

  3. Podrán incorporarse al Departamento de Orientación los tutores y tutoras en la forma establecida en el Plan de Orientación y de Acción Tutorial.

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO

El Departamento de Orientación asume las siguientes funciones:

  1. Elaborar, de acuerdo con  las directrices establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y en colaboración con los tutores y tutoras, la propuesta de Plan de Orientación y de Acción Tutorial, y elevarla a dicho Equipo para su discusión y posterior inclusión en el Proyecto Curricular.

  2. Elaborar las actividades correspondientes al Departamento para su inclusión en el Plan Anual.

  3. Contribuir al desarrollo del Plan de Orientación y de Acción Tutorial, así como llevar a  cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de Curso, sin perjuicio de las  competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

  4. Colaborar con los Departamentos didácticos, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la programación y la realización de adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado que lo precise.

  5. Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa, prevista en la normativa vigente (Adaptaciones Curriculares, Programas de Diversificación Curricular,...).

  6. Participar en la elaboración del consejo orientador que sobre el futuro académico y profesional del alumno/a ha de formularse según lo establecido en el articulo 21 del Decreto 106/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), por el que se establecen las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía:

  1. Informar y orientar, de forma colectiva o individual, de las distintas alternativas educativas y profesionales.

  2. Elaborar actividades, estrategias y programas de orientación escolar, personal y profesional.

  3. Aplicar diferentes programas de intervención orientadora con grupos de alumnos/as.

  4. Desarrollo de programas y actividades dirigidas a la mejora de las habilidades para el estudio y el aprendizaje autónomo.

  1. Formular propuestas al Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica sobre los aspectos psicopedagógicos del Proyecto Curricular.

  2. Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento.

  3. Elaborar, en colaboración con los correspondientes Departamentos didácticos, la programación de los ámbitos en los que se organizan las áreas específicas de los programas de diversificación curricular.

Otras funciones propias del Departamento son:

  1. Respecto al Centro.

  1. Asesorar técnicamente a los órganos colegiados y unipersonales en todas aquellas cuestiones que posibiliten una atención educativa personalizada e integral: adaptaciones curriculares individuales o grupales, Programas de refuerzo educativo, Criterios de evaluación y promoción, y  Programas de Diversificación Curricular.

  2. Fomentar, en colaboración con los Equipos de Orientación Educativa de zona (E. O. E.), la cooperación del Centro con instituciones sociales y mundo productivo del entorno a fin de preparar al alumnado para la vida profesional activa.

  1. Respecto al profesorado.

  1. Coordinar, apoyar y ofrecer soporte técnico a las actividades de orientación y tutoría.

  2. Proporcionar instrumentos educativos para un mejor conocimiento del alumnado y de sus circunstancias.

  3. Asesorar en cuestiones prácticas de agrupamiento y organización del alumnado, en especial con respecto al tratamiento flexible a la diversidad de aptitudes, intereses y motivaciones.

  4. Orientar en relación con actividades y procesos de evaluación, recuperación y promoción, así como en el asesoramiento sobre futuros estudios de los alumnos/as.

  5. Impartir, en colaboración con el Centro de Profesorado y E. O. E., actividades de formación y perfeccionamiento al profesorado del Centro, relacionadas con la acción tutorial y la orientación.

  1. Respecto a las familias.

  1. Promover la cooperación con el Centro para una mayor eficacia y coherencia en la educación de sus hijos/as.

  2. Colaborar en las diversas actividades y programas que se realicen en el Instituto, así como potenciar la relación y comunicación entre familia-profesorado, especialmente en lo que se refiere a la orientación profesional del alumnado.

Los ámbitos de actuación del Departamento de Orientación serán:

  1. Atención a la diversidad.

  2. Orientación académica y profesional.

  3. Acción tutorial.

FUNCIONES DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO

Sus competencias son las siguientes:

  1. Coordinar la elaboración, planificación y ejecución del Plan de Orientación y Acción Tutorial.

  2. Dirigir y coordinar las actividades del Departamento, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios.

  3. Convocar y presidir las reuniones del Departamento y levantar acta de las mismas.

  4. Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer la adquisición del material y el equipamiento especifico asignado y velar por su mantenimiento.

  5. Promover la evaluación de los distintos proyectos y actividades propias.

  6. Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración Educativa.

  7. Representar al Departamento en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

  8. Velar por el cumplimiento del plan de actividades correspondiente.

  9. Colaborar con el Secretario/a en la realización del inventario de los recursos materiales asignados.

  10. Elaborar un proyecto de presupuesto del Departamento con las partidas específicas que le sean asignadas por la Consejería de Educación y Ciencia, en coordinación con la Comisión Económica y el Secretario/a.

  11. Cualesquiera otras funciones que le sean asignadas reglamentariamente.

FUNCIONES DEL ORIENTADOR U ORIENTADORA

En nuestro Instituto desarrolla las siguientes:

  1. Ejercer la Jefatura del Departamento de Orientación.

  2. Asistir a las distintas sesiones de evaluación de todos los grupos existentes en el Instituto, aportando cuantos datos posea y que puedan ser relevantes para la evaluación y/o promoción del alumnado.

  3. Realizar la evaluación psicopedagógica previa a las adaptaciones y diversificaciones curriculares.

  4. Colaborar con el profesorado en la prevención y detección de problemas o dificultades educativas y orientar y contribuir a la elaboración de programas individualizados, adaptados o diversificados.

  5. Servir de nexo y elemento coordinador entre el Centro y E. O. E.

  6. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente.

 

EL DEPARTAMENTO DE
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

COMPOSICIÓN

El Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares se encarga de  promover, organizar y coordinar la realización de este tipo de actos. A tales efectos, el Jefe/a del mismo desempeña sus funciones en colaboración con las Jefaturas de los Departamentos didácticos, con la Junta de Delegados/a de Alumnos/as, con las  Asociaciones de Alumnos/as y de Padres-Madres, así como con la persona que represente al Excmo. Ayuntamiento de Lucena en el Consejo Escolar.

Dicha función actualmente recae en la profesora Dª. Araceli González Consulta mediante correo electrónico

COMPETENCIAS DEL JEFE O JEFA DEL DEPARTAMENTO

Sus funciones son:

  1. Elaborar la programación anual de las actividades complementarias y extraescolares para su inclusión en el Plan Anual, contando para ello con las propuestas que realicen los Departamentos didácticos, la Junta de Delegados/as, las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos/as y las de los propios Alumnos/as.

  2. Organizar la realización de las actividades complementarias y extraescolares programadas.

  3. Distribuir los recursos económicos asignados por el Consejo Escolar para la realización de actividades complementarias.

  4. Organizar la utilización de la biblioteca del Instituto y, en su caso, de las instalaciones y demás recursos que se vayan a emplear en la realización de las actividades complementarias y extraescolares, así como velar por el uso correcto de los mismos.

  5. Llevar a cabo la evaluación de las actividades realizadas y elaborar las correspondientes propuestas de mejora, como parte integrante de la Memoria Final de curso, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo Escolar en esta materia.

  6. Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y cualquier tipo de viajes que se realicen por el alumnado.

  7. Recoger y facilitar al alumnado cuanta información cultural sea suministrada al Centro por las instituciones de las distintas zonas de procedencia.

  8. Emprender y/o coordinar campañas de ayuda a países y colectivos necesitados, así como la concienciación sobre los Derechos Humanos.

  9. Representar al Departamento en el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.

  10. Además, formará parte, cuando proceda, de la Comisión de Actividades Complementarias y Extraescolares en el seno del Consejo Escolar. En caso de no pertenecer al mismo, se coordinará con la citada Comisión (así como con la Comisión Económica) para el correcto desarrollo de las actuaciones asignadas.

  11. Cualesquiera otras funciones que le sean asignadas reglamentariamente.

 

DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

Las actividades de participación colectiva donde se desarrollan procedimientos diversos (observación, recogida de datos, organización, toma de decisiones, contacto con otras gentes y entidades o culturas, trabajos de campo, etc.) favorecen el desarrollo y competencia sociales de la juventud. La mayoría de ellas dan cohesión a sus miembros y son fuentes de colectividad y unión (afectando a todos los sectores de la comunidad), siendo claves para conocer al alumnado en otros contextos y establecer vínculos afectivos y de comunicación más cercanos. Son también importantes para el desarrollo de la autorresponsabilidad, al crear sistemas de participación que favorecen la toma de decisiones. Pero, a nivel de organización escolar exigen unos objetivos de todo tipo claros y concisos, un tratamiento previo en clase o tutoría, además de una implicación grande de toda la comunidad educativa.

El artículo 39 del Reglamento Orgánico de los I.E.S. diferencia las actividades complementarias de las extraescolares, dando sólo a estas últimas un carácter de voluntariedad para el alumnado:

  1. Actividades complementarias: son las organizadas durante el horario escolar por los Institutos, de acuerdo con su Proyecto Curricular, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacio o recursos que utilizan. Son obligatorias para el alumnado.

  2. Actividades extraescolares: las encaminadas a potenciar la apertura del Centro a su entorno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad o el uso del tiempo libre. Se realizan fuera del horario lectivo (aunque compartiendo en muchas ocasiones tales momentos), tienen carácter voluntario para el alumnado y buscan la implicación activa de toda la comunidad educativa. En ningún caso forman parte del proceso de evaluación por el que pasa el alumnado para la superación de las distintas áreas o materias que integran los planes de estudio, ya que no pueden significar desarrollo del currículum sino un complemento del mismo.

Es aconsejable que los escolares, sus familias y el profesorado colaboren en la programación, elaboración y celebración de estas actividades, especialmente las destinadas a jornadas y actividades culturales. Las mismas son parte esencial de la labor formativa que el Instituto pretende realizar.

Volver a la página anterior

Subir al inicio