Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 15/12/1979

1. Disposiciones generales

Presidencia

Decreto 35/1979, de 5 de noviembre, sobre avocación de competencias de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de Andalucía en el Consejero de Política Territorial e Infraestructura y Régimen de Transitoriedad de dichas Comisiones.

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El apartado j) del artículo 31 del Decreto 698/1979, de trece de febrero, faculta a la Junta de Andalucía para proponer al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, de acuerdo con la disposición final cuarta de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido aprobado por Decreto 1346/1976, de nueve de abril, la modificación de la composición de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de Andalucía.

El Decreto 34/1979, de cinco de noviembre, de la Junta de Andalucía, asigna a la Consejería de Política Territorial e Infraestructura las competencias transferidas a dicha Junta en virtud del referido Real Decreto 698/1979.

Es propósito de la Junta de Andalucía modificar la composición de dichas Comisiones Provinciales de Urbanismo, adecuándolas a la nueva situación que en materia de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbano resulta del proceso de descentralización del Estado.

Hasta tanto se promulgue el Real Decreto que regule dicha composición, es preciso suplir la situación de transitoriedad descrita, para que el planeamiento que se proyecte en dicho período encuentre la institución que asegure el cumplimiento de los fines sociales y económicos de la ordenación urbana adecuada a las necesidades y recursos del territorio andaluz.

Para ello, con base en el artículo cuarto de la Ley de Procedimiento Administrativo sobre avocación de competencias por órganos superiores de los inferiores jerárquicos -igualmente prevista en el artículo 208.3 del texto refundido de la Ley del Suelo y en el Decreto 34/1979, de cinco de noviembre, de la Junta de Andalucía, sobre asignación de las competencias transferidas en materia de Urbanismo- previo acuerdo del Consejo Permanente de la Junta de cinco de noviembre de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.- Las competencias atribuidas a las Comisiones Provinciales de Urbanismo por Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, texto refundido y aprobado por Decreto 1346/1976, de nueve de abril, y por las disposiciones reglamentarias y concordantes, en lo que afecte al ámbito territorial de la Junta de Andalucía, transferidas a dicha Junta por Real Decreto 698/1979, de trece de febrero, serán ejercidas por el Consejero de Política Territorial e Infraestructura.

Sevilla, 5 de noviembre de 1979.

RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

~/ e Infraestructura

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