Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 27/12/1983

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial e Infraest.

RESOLUCION de 12 de diciembre de 1983, por la que se delegan determinadas competencias en los Delegados Provinciales de la Consejería de Poítica Territorial y Energía.

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El Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, por el que regula el ejercicio por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo, vino a establecer una adecuación de dichas competencias tanto en carácter exclusivo que a las mismas reconoce la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre por la que se aprobó el Estatuto de Autonomía para Andalucía, como a la realidad institucional de la Comunidad Autónoma plenamente consolidada, residenciándose en esta Dirección General de Urbanismo las competencias que en materia de disciplina urbanística correspondian por la Ley del Suelo al Gobernador Civil y que, con arreglo a los derogados Decretos 19/1981, de 20 de abril y 151/1982, de 15 de diciembre, se atribuyeron a los Presidentes de las Comisiones Provinciales de Urbanismo.

Creadas las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Política Territorial y Energía por Decreto 153/1983, de 20 de julio, les han sido ya atribuidas y con carácter permanente determinadas competencias en materia de urbanismo, en concreto, las de ejercer la inspección urbanística en la provincia y las de incoar y tramitar los expedientes de disciplina urbanistica, conforme al art. 12 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, todo ello en orden a conseguir una mayor agilidad y capacidad de reacción por parte de la Administración Urbanística de la Comunidad Autónoma en una materia como la disciplina urbanística en la que frecuentemente el infractor cuenta con la fuerza de los hechos consumados y la lentitud de la reacción administrativa.

Por idénticas razones y con carácter temporal resulta aconsejable delegar determinadas competencias atribuidas a esta Dirección General, en las Delegaciones Provinciales de la Consejeria de Política Territorial y Energía.

De conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades que me reconoce el apartado 1º del art. 30 del Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, he tenido a bien resolver lo siguiente:

Primero. A. Delegar en los Delegados Provinciales de la Consejería de Política Territorial y Energía y para su respectivo ámbito territorial las competencias que tengo atribuidas por el art.9.2 del Decreto 194/1983, en relación con los arts. 184 y 185 de la Ley del Suelo.

B. Tanto de la incoación del expediente como del acto resolutario los Delegados Provinciales darán cuenta a esta Dirección General, en plazo de 10 dias a contar desde la fecha del acto acordado.

C. Las órdenes de demolición serán decretadas exclusivamente por esta Dirección General, previo informe y/o a propuesta de la Delegación Provincial correspondiente.

Segundo. El plazo de esta Delegación será de dos años.

Tercero. Esta Dirección General podrá siempre recabar las competencias que delega respecto al ámbito de provincia concreta o expediente determinado, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Cuarto. Notificar la presente resolución a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Política Territorial y Energia así como publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de diciembre de 1983.- Director General de Urbanismo, Emilio Molina Lamothe

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