Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 09/08/1983

1. Disposiciones generales

Consejería de Política Territorial e Infraest.

ORDEN de 10 de Marzo de 1983 por la que se delegan en los Directores Provinciales de Urbanismo facultades en relación con la tramitación de los recursos de alzada interpuestos contra los actos de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de Andalucía y de sus Presidentes.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Ilmos. Sres.:

Por Orden de 15 de Marzo de 1982 delegué en los Directores Provinciales de Urbanismo las facultades relativas a la tramitación de los Recursos de Alzada interpuestos contra los actos de las Comisiones Provinciales de Urbanismo de Andalucía y de sus respectivos Presidentes.

La experiencia de tal desconcentración administrativa que ha redundado en una mayor agilización y eficacia de nuestra Administración Autonómica en materia de recursos, justifica sobradamente la renovación, por idéntico plazo y en las mismas condiciones, de la delegación ya atribuida a las Direcciones Provinciales de Urbanismo.

En uso de las facultades que tengo atribuidas por los arts. 3.3 del Decreto

19/1981, de 20 de Abril y 9 del Decreto 72/1981, de 14 de Diciembre, por el que se modifican las normas. que regulan la estructura orgánica de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura

DISPONGO

Primero: Renovar la delegación, por el plazo de un año, en los Directores Provinciales de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial e Infraestructura del ejercicio de todos los actos de tramitación e impulso de los expedientes instruidos como consecuencia de la interposición de Recursos de Alzada contra los actos de las Comisiones Provinciales de Urbanismo, y los de sus Presidentes.

Segundo: En el plazo de dos meses, a partir de la interposición, del recurso, los Directores Provinciales de Urbanismo elevará a esta Consejería el pertinente informe propuesta de resolución, acompañado de todas las actuaciones que integren el expediente.

Tercero: Se faculta al Director General de Urbanismo para la adopción de las medidas pertinentes para el cumplimiento de la presente Orden

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla 10 de Marzo de 1983

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

e Infraestructura

ILMOS. SRES. VICECONSEJERO Y DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO DE LA CONSEJERIA DE POLITICA TERRITORIAL E INFRAESTRUCTURA.

Descargar PDF