Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 21/12/1984

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 30 de noviembre de 1984 por la que se reconoce a la Mesa Provisional de Organizaciones Juveniles y Consejos Locales de Juventud de Andalucía.

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La Comunidad Autónomo de Andalucía tiene competencia exclusiva en la promoción de actividades y servicios para la juventud, en virtud del artículo 13,30 de su Estatuto de Autonomía.

Uno de los objetivos esenciales de la política juvenil consiste en facilitar la participación de la definición de aquélla, por parte de las Organizaciones Juveniles y Consejos Locales de Juventud.

Atendiendo al deseo manifestado por las entidades juveniles andaluzas de contar con un órgano que les sirva de portavoz ante la Consejería de Cultura y en virtud de las competencias que me confiere la Ley 6/83 de 21 de julio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que trata de la Ley del Gobierno y de su Administración.

DISPONGO:

Artículo 1º. Se reconoce como interlocutor válido de esto Consejería en el ámbito de su exclusiva competencia a la Mesa de Organizaciones Juveniles y Consejos Locales de Juventud de Andalucía a los efectos siguientes

a) Ser consultada por la Consejería, en aquellos aspectos de política juvenil atribuidos a la competencia de ésta, en los que sea necesario conocer la opinión de la juventud.

b) Colaborar con la Junta de Andalucía mediante la emisión y la realización de estudios y otras actividades relacionadas con la problemática juvenil, que puedan serle solicitados a acuerde realizar por su propia iniciativa.

c) Servir como medio de coordinación para que los intereses y opiniones de las Organizaciones Juveniles andaluzas puedan ser conocidos por los poderes públicos.

Artículo 2º. La Mesa tendrá carácter provisional, quedando disuelto con la entrada en vigor, en su caso, de la Ley que regule la creación del Consejo de la Juventud de Andalucía.

Artículo 3º. A los efectos de lo dispuesto en la presente Orden la Mesa Provisional de Organizaciones Juveniles y Consejos Locales de Juventud de Andalucía, está integrada por las Entidades Juveniles siguientes: Juventudes Andalucistas.

Juventud Demócrata Popular.

Juventud Comunista de Andalucía.

Nuevas Generaciones de Andalucía.

Juventudes Socialistas de Andalucía.

Movimiento Scout Católico-Scouts de Andalucía. Organización Juvenil Española.

Cruz Roja de la Juventud.

Juventud Obrera Cristiana de Andalucía.

Club los Linces (Adena).

Movimiento Juvenil de Acción Católica.

Movimiento Scout de Andalucía.

Departamento de la Juventud U.G.T. Andalucía. Consejo Municipal de la Juventud de Málaga. Consejo Municipal de la Juventud de Granada, y aquellas otras que en el futuro, previo acuerdo de la Mesa y de la Consejería de Cultura se integren en aquélla.

Artículo 4º. La Mesa será dotada por la Consejería de Cultura con cargo a sus partidas presupuestarias, de los medios necesarios para el cumplimiento de sus fines.

Sevilla, 30 de noviembre de 1984.

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

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