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Por Real Decreto 3334/1983 de 5 de octubre, se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencias, funciones y servicios del Estado en materia de medio ambiente.
El Decreto 143/1982 de 3 de noviembre, sobre estructura orgánica de la Consejería de Política Territorial e infraestructura, actualmente denominada Política Territorial y Energía, en su artículo 7 atribuye a la Dirección General de Medio Ambiente las competencias que se transfieran a la Junta de Andalucía en materia de medio ambiente.
El Decreto 24/1984 de 8 de febrero, dispone que la Dirección General de Medio Ambiente pasa a depender de la Vicepresidencia de la Junta de Andalucía y la adscribe orgánicamente, con todas sus competencias y funciones, a la Consejería de Gobernación.
En consecuencia y en virtud de las competencias que me otorga el apartado 4º del artículo 16 de la Ley 6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Gobernación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de febrero de 1984.
D I S P O N G O :
Artículo único. Se asignan a la Dirección General de Medio Ambiente, dependiente de la Vicepresidencia de la Junta de Andalucía y adscrita orgánicamente a la Consejería de Gobernación, las competencias transferidas a la Junta de Andalucía en materia de medio ambiente por R.D. 3334/1983 de 5 de octubre.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Vicepresidente y Consejero de Gobernación
Descargar PDFBOJA nº 21 de 02/03/1984