Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 12/03/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

RESOLUCION de 15 de febrero de 1985, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Cádiz sobre aprobación inicial del expediente correspondiente al plan especial del Medio Físico y Catologo de la provincia.

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Aprobada inicialmente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Cádiz, en sesión celebrada el día 7 de noviembre de 1984, el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de la provincia de Cádiz, debiendo subsanarse una serie de deficiencias previamente a su publicación, y una vez subsanadas las mismas, la Comisión en sesión celebrada el día 4 de febrero de 1985, acordó exponer el documento al público en la sede de la Delegación Provincial de la Consejería de Política Territorial de la Junta de Andalucía, sita en la Plaza de la Constitución, s/n, en horas de oficina, con el expediente instruido al efecto, por el plazo de dos meses, durante los cuales podrá ser examinado por cuantas personas se consideren afectadas y formular cuantas observaciones o alegaciones estimen pertinentes.

Al propio tiempo, y a fin de dar cumplimiento al párrafo 2º del art.. 27.3 de la Ley del Suelo se hace pública la suspensión en el otorgamiento de licencias de todos los actos relacionados en el art. 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística a excepción de los contemplados en los números 3, 4, 5, 6, 10, 11, 12 y 14 en las áreas correspondientes a los suelos clasificados como No Urbanizables por los Planeamientos Urbanísticos Municipales vigentes, o clasificables como tales por aplicación de los criterios enunciados en el art. 81 de la Ley del Suelo, al estar afectados por nuevas determinaciones del planeamiento que puedan suponer modificación del régimen urbanístico existente, con excepción de los clasificados como tales en los Planes Generales de Ordenación Urbana de Algeciras, Cádiz, Chipiona, Jerez de la Frontera, Puerto Real, y San Fernando y en las Normas Subsidiarias Municipales de Castellar de la Frontera, Conil y Jimena de la Frontera, dado que en los mismos se contienen determinaciones de protección en general, en la línea de los presupuestos en el presente Plan quedando limitada la suspensión en estos supuestos a aquellas áreas incluidas en el Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos.

No obstante, podrán concederse licencias basadas en el régimen vigente siempre que se respeten las determinaciones del nueva planeamiento, criterio que será de aplicación para los acuerdos a adoptar por la Comisión Provincial de Urbanismo, en relación con los expedientes sometidos al trámite de los art. 85, 86 y 43.3 de la Ley del Suelo y 44 y 45 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Sevilla, 15 de febrero de 1985 - El Secretario Actual de la Comisión Provincial de Urbanismo.

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