Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 15/06/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía e Industria

ACUERDO de 29 de mayo de 1985, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Consejero de Economía e Industria a la firma de Convenios con las Diputaciones o los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre instalaciones piloto para la utilización de energías renovables.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Impulsará la utilización de las energías renovables no exclusivamente en el medio rural ni para la generación de energía eléctrica es uno de los objetivos fundamentales para conseguir una menor dependencia de los productos energéticos de origen fácil y la conveniente diversificación del abastecimiento de energía primaria. En Andalucía el grado de dependencia de los productos derivados del petróleo es aún más acusados que en otras Comunidades Autónomas. Por otra parte, el potencial de recursos renovables, como solar o la procedente de la biomasa es muy elevado en nuestra región. En consecuencia resulta el mayor interés fomentar en colaboración con las Corporaciones Locales la utilización de las energías mediante instalaciones piloto que, una vez contratados sus resultados, puedan generalizarse a aplicaciones similares. Parece pues oportuno instrumentar los medios jurídicos necesarios por que mediante convenios con las Corporaciones Locales interesadas en el aprovechamiento de energías renovables en sus respectivos ámbitos de contempladas en el Plan de Electricidad Rural. A efecto se considera conveniente establecer un Convenio-Tipo que regule tanto la realización y financiación de proyectos conjuntos con Entidades Locales que prevé al artículo 13 de la Ley 7/1984, de 31 de marzo, como la delegación de la gestación de dichos proyectos prevista en el artículo 9 de dicha Ley.

En consecuencia, a propuesta de la Consejería de Economía e Industria el consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de mayo de 1985, ha

ACUERDO

Artículo 1. Se Autoriza al Consejero de Economía e Industria para que suscriba con las diputaciones Provinciales o Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma Andaluza que en cada caso proceda, convenios conforme al modelo que acompaña como Anexo al presente Decreto, tendentes a la implantación de instalaciones de aprovechamiento de energía renovable, con cargo a los créditos correspondientes del Fondo Interterritorial.

Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de mayo de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía.

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía e Industria.

CONVENIO DE ACTUACION CON JUNTA ENTRE LA CONSEJERIA DE ECONOMIA E INDUSTRIA CON LAS DIPUTACIONES O AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ANDALUCIA, SOBRE INSTALACIONES PILOTO RELACIONADAS CON ENERGIAS RENOVABLES

En Sevilla, a..................de........de............de.......

REUNIDOS:

DE UNA PARTE, el Excmo. Sr. Consejero de Economía e Industria de la Junta de Andalucía, , en representación de la misma, según Acuerdo del Consejero de Gobierno en su reunión del día

Y DE OTRA, el Excmo. Sr. Presidente de la Diputación de................... o el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de........................... ......................debidamente autorizado por el Pleno de dicha Corporación, en sesión de............................................... Ambas partes se reconocen capacidad legal mutua para formalizar el presente Convenio, y a este fin.

EXPONEN:

1. Que la Consejería de Economía e industria tiene como uno de sus objetivos prioritarios el lugar una mayor participación de las energías renovables en el abastecimiento energético de Andalucía.

2. Que la Diputación Provincial de....................................... o el Ayuntamiento de ..................................................... coincidiendo con el objetivo anterior, considera conveniente la utilización de la energía............................................... para.......................en las instalaciones que más adelante se especifican.

posibilidad de llevar a cabo un proyecto conjunto tendente a alcanzar el

4. Que dicho proyecto consiste en una instalación de.................... ............................para......................................... ......................................................................... por un importe de........................................................

5. Que dichas instalaciones se financiaran con recurso procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial de acuerdo con las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de Industria y Energía.

6. Que la Consejería de Economía e Industria estima que el proyecto correspondiente realizado por técnico competente y presentado por la Diputación de........................................................... o Ayuntamiento de......................................................... cumple con fines que se persiguen alcanzan el presente Convenio, como experiencia piloto de energía renovable.

Por todo ello, ambas partes proceden a formalizar el presente Convenio de acuerdo con las siguientes

CLAUSULAS

1. La instalación objeto de este convenio se utilizará para............. ................y se ubicará en.......................................... en el término municipal de............................................... en el término municipal de............................................... ejecución material de ésta en ....................................ptas. y los honorarios de redacción de proyectos de ésta en ................. ptas. lo que totaliza la cantidad de..................................ptas

2. La Diputación Provincial de.......................................... o el Ayuntamiento de..................................................... manifiesta que la actuación objeto del presente Convenio no contraviene la ordenación urbanística del término municipal comprometiéndose, en su caso, a gestionar cuantas actuaciones sean necesarias realizar ante las Administraciones Públicas o en relación con los particulares para la ejecución del proyecto y funcionamiento de la instalación.

3. La Junta de Andalucía aportará la cantidad de........................ ptas. por valor total de ejecución de la referencia instalación .

4. La Diputación Provincial de........................................... o el Ayuntamiento de...................................................... se compromete o ejecutar la mencionada instalación antes de ............. ..........................................mediante el correspondiente correspondiente contrato con empresa legalmente capacitada y por cualquiera de los sistemas de adjudicación previsto en la legislación de la Administración Local y de modo supletorio, en la Ley de Contratos del Estado, de modo que queden garantizadas la publicación y libre concurrencia de ofertas.

5. La finalización del proyecto objeto del presente Convenio por parte de la Junta de Andalucía se ajustará en su importe al presupuesto aprobado. No obstante, el abono de las cantidades correspondientes se verá afectado, en su caso, por la baja que se produzca en la adjudicación de la instalación a la empresa correspondiente.

El importe total de proyecto del presente Convenio por parte de la Junta ......................................................................... o del Ayuntamiento de ......................... previa presentación de las correspondientes certificaciones que en ningún caso podrán ser de cuantía inferior a la cuarta parte del importe total.

6. la Junta de Andalucía nombrará un técnico que supervisará y controlará la ejecución de la instalación en todas sus fases, y que

7. Una vez finalizada la instalación y encontrada conforme por el técnico designado por la Junta de Andalucía acta de recepción, procediéndose a la liquidación correspondiente. La obra resultante pasará a formar parte del patrimonio de la Diputación Provincial de....

8. En lugar bien visible, y desde el comienzo de las obras, se colocará un cartel que indique que la instalación es funcionada por la Junta de

9. La Diputación de...................................o el Ayuntamiento de..................................proporcionará a la Consejería de Economía e Industria la información que solicite en relación con el funcionamiento de la instalación y permitirá asimismo la realización por el personal técnico que designe dicha Consejería, de las comprobaciones y toma de datos que se estimen oportunos en orden a determinar el rendimiento y comportamiento de la instalación , siempre que dicha comprobación no perturbe el normal funcionamiento de la misma.

10. La Junta de Andalucía podrá hacer uso de los datos de la instalación y conclusiones a que se llegue el funcionamiento de la misma para fomentar dentro de la Comunidad Autónoma instalaciones de características y aplicaciones similares a la de las instalación a que se refiere este Convenio.

11. La Consejería de Economía e Industria proporcionará a la Diputación Provincial de ...............................o el Ayuntamiento de......................................los resultados de los estudios o trabajos técnicos que puedan realizarse tendentes a la mejora del rendimiento de la referida instalación o a su perfeccionamiento técnico.

Leído por las partes y en prueba de conformidad con lo expresado en el presente Convenio lo firman y rubrican en el lugar y fecha que la encabeza. El Consejero de Economía e Industria. El Presidente de la Diputación o el Alcalde del Ayuntamiento.

Descargar PDF