Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 15/06/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

DECRETO 116/1985, de 22 de mayo, por el que se reestructuran las unidades del Centro Regional de Investigación Agraria de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El Decreto 1281/1972, de 20 de abril que estableció la estructura orgánica del Instituto Nacional de Investigación Agrarias, concibió los operacionales del mismo, en concordancia territorial con las regiones agrarias establecidas por el Departamento. Habiéndose producido por Real Decreto 3413/1983 de 28 de diciembre, el traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de las funciones y Servicios en materia de la Investigación agraria, y asignadas las mismas a las Consejería de Agricultura y Pesca por Decreto 38/1984, de 29 de febrero, competente a la Dirección General de Investigación Agraria y de conformidad con el artículo 8 del Decreto 144/1982 de 3 de noviembre, cuantas actuaciones se dirijan al desarrollo de investigación agraria y a su aplicación a la mejora de la agricultura andaluza, es decir, aquellas actuaciones que hasta ahora desempeñaban, en el ámbito andaluz, el (CRIDA 10).

En consecuencia, se hace necesario modificar la organización de dicho Centro Regional Manteniendo sus Departamentos como unidades básicas funcionales y desapareciendo la Dirección y la Secretaría como órgano cuyas funciones quedan absorbida por la Dirección General de Investigación y Extensión Agraria. Ahora bien, dado el carácter multidepartamental del conjunto de unidades de investigación ubicadas en entre los diversos Departamentos y la dirección de las unidades comunes que se asignan como Director, a uno de los Jefes de Departamento, desarrollo Agrario de Córdoba.

En virtud, a propuesta de la Consejería de Agricultura y Pesca, con informe de la Consejería de Hacienda y aprobación de la de Presidencia y previa deliberación del Consejo en su reunión del día 22 de mayo de

DISPONGO:

Artículo 1. El Centro Regional de Investigación y Desarrollo Agrarios de Andalucía, con sede en Córdoba, así como su Consejo Regional, se reestructuran asumiendo sus funciones y competencias la Dirección General y coordinación de las actividades de Investigación agraria.

Artículo 2. Los actuales Departamentos se mantienes como unidades básicas operacionales, y gozarán de autonomía en la organización interna de sus actividades, bajo la dependencia de la Dirección General

Artículo 3. Se crea el Centro de Investigación y Desarrollo Agrario en Córdoba, integrado por los departamentos del anterior Centro Regional de Investigación y Desarrollo Agrarios con se en Córdoba. El Consejero de Agricultura y Pesca nombrará un Director entre los jefes de Departamento de dicho centro, al que corresponderán, además de sus funciones propias como jefe de Departamento, las siguientes:

a) Coordinar las actividades entre los distintos Departamentos y Unidades ubicadas en el Centro.

b) Dirigir las unidades comunes de mantenimiento y explotación así como a la explotación agraria del centro.

c) Llevar a cabo cuantas acciones de organización interna considere

d) Representar a la Dirección General a todos los efectos, tanto administrativos como científicos, en el ámbito de las actividades del Centro.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se faculta a la Consejería de Agricultura y Pesca para dictar

Segundo. El presidente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de mayo de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca.

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