Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 05/09/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Consumo

DECRETO 152/1985, de 10 de julio, por el que se modifica el Decreto 275/1983, de 28 de diciembre, por el que se establece, con carácter provisional, la estructura específica a nivel central para la gestión de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de prestación médico-farmacéutica de la Seguridad Social.

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Por el Decreto 275/1983, de 28 de diciembre, (BOJA de 10 de enero de

1984) se creó una estructura específica para la gestión, por la Consejería de Salud y Consumo, de las competencias asumidas en materia de prestación médico-farmacéutica de la Seguridad Social, estructura que, con carácter provisional, venía determinada por las peculiaridades de la indicada gestión, derivadas fundamentalmente de la naturaleza del ente transferido, del régimen económico-financiero y las características de su personal, así como por el propio volumen de competencias asignadas, todo ello con el objetivo de lograr una mayor racionalidad, eficacia y economía de medios. Subsistentes las mencionadas características, no puede desconocerse, sin embargo, la nueva estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo aprobada por el Decreto 25/1985, de 5 de febrero (BOJA de 19 de febrero), en cuyo artículo 3.4. se atribuye la dependencia directa de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social de Andalucía (RASSSA) a la Secretaría General Técnica de la Consejería. Las consideraciones anteriores determinan, por consiguiente, la necesidad de adecuar la estructura a nivel central del dispositivo de gestión a la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, siquiera sea igualmente con carácter provisional hasta la constitución del Servicio Andaluz de la Salud.

En su virtud, en uso de las facultades que están conferidas, a propuesta del Consejero de Salud y Consumo, con la aprobación de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día

DISPONGO:

Artículo único. El artículo 1. del Decreto 275/1983, de 28 de diciembre, por el que se establece con carácter provisional la estructura específica, a nivel central, para la gestión de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de prestación médico-farmacéutica, queda redactado de la siguiente forma:

"Artículo 1. Directamente dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Consumo existirá un Adjunto al Secretario General Técnico, del que dependerán las unidades a las que se refiere el artículo 2.".

DISPOSICION FINAL:

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía". Sevilla, 10 de julio de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

PABLO RECIO ARIAS

Consejero de Salud y Consumo

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