Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 18/12/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 18 de noviembre de 1986, de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera, por la que se declaran computables dentro del Coeficiente de inversión obligatoria a las Cajas de Ahorros y/o Cajas Rurales, los préstamos concedidos a las empresas que se citan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vistos los expedientes de solicitud de créditos acogidos a la línea de financiación comtemplada en el Convenio existente entre la Junta de Andalucía y distintas entidades financieras operantes en Andalucía autorizado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de abril y publicado en el BOJA núm. 37, de 30 de abril.

Considerando que dichos expedientes han sido valorados positivamente según marcan las condiciones establecidas en el Art. 5 del Anexo III del citado Convenio, así como lo establecido en el Decreto 75/1985, de 23 de abril sobre computabilidad de préstamos en el coeficiente de inversión obligatoria, de Cajas de Ahorros y Cajas Rurales con sede social en Andalucía y en la Orden de 6 de mayo de 1986 que regula la subvención y calificación de préstamos concertados entre distintas entidades financieras y pequeñas y medianas empresas, la Dirección General de Tesorería y Política Financiera,

HA RESUELTO

1. Declarar computables dentro del Coeficiente de Inversión Obligatoria de las Cajas de Ahorros y/o Cajas Rurales con sede social en Andalucía los préstamos concedidos por estas entidades financieras a las empresas que se relacionan y por el importe que se indica.

2. La Dirección General de Tesorería y Política, hará un seguimiento de la adecuación de los préstamos calificados a las condiciones y plazos propuestos por los solicitantes comprobando que en todo momento se ajustan a los requisitos exigidos.

Sevilla, 18 de noviembre de 1986.- El Director General, Federico Terrón Muñoz.

Descargar PDF