Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 3/7/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Transportes

ACUERDO de 26 de diciembre de 1985, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la formalización de un convenio de colaboración entre la Consejería, la Diputación Provincial de Málaga y la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles.

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Renfe está realizando obras de renovación de vías, en la línea Córdoba-Bobadilla, en el tramo comprendido entre Córdoba y Aguilar de la Frontera, contribuyendo con ello a la mejora de las comunicaciones ferroviarias de diversos pueblos de la Serranía de Ronda, por lo que, es merecedor de apoyo de esta Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes.

En consecuencia, a propuesta de la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de diciembre de 1985 adopta el siguiente:

ACUERDO

Artículo Unico. Se autoriza a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, para celebrar un convenio con la Red de Ferrocarriles (Renfe), con objeto de mejorar las comunicaciones ferroviarias de diversos pueblos de la Serranía de Ronda, con arreglo al texto del mismo que se adjunta.

Sevilla, 26 de diciembre de 1985

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN M. CASTILLO MANZANO

Consejero de Turismo, Comercio

y Transportes

PROYECTO DE CONVENIO ENTRE LA CONSEJERIA DE TURISMO, COMERCIO Y TRANSPORTES DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE MALAGA Y RENFE PARA LA MEJORA DE LAS COMUNICACIONES FERROVIARIAS DE DIVERSOS PUEBLOS DE LA SERRANIA DE RONDA.

En Sevilla, a de de 1985

REUNIDOS

De una parte el Excmo. Sr. D. Juan Manuel Castillo Manzano, Consejero de Turismo, Comercio y Transportes en nombre y representación del Consejero de Gobierno de la Comunicación Autónoma Andaluza. El Excmo. Sr. D. Luis Pagán Saura, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, en representación de la citada Diputación Provincial y de los Ayuntamientos situados en la zona afectada. Y de otra el Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Villaronte Martínez, Director de la 3a Zona de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles en nombre y representación de la misma.

EXPONEN

Primero. Que con motivo de las obras de renovación de vía en el tramo comprendido entre Córdoba y Aguilar de la Frontera de la línea Córdoba-Bobadilla, RENFE ha tenido que modificar las circulaciones existentes en la línea Bobadilla-Algeciras afectando a las comunicaciones establecidas con Ronda y Málaga de los municipios de Algatocín, Arriate, Benaoján, Cortes de la Frontera, Gaucín, Jimena de Libar y Montejaque.

Segundo. Que los Organismos representados desean establecer una relación ferroviaria que permita a los ciudadanos de los Ayuntamientos citados la comunicación necesaria con Ronda y Málaga con horarios adecuados, sin que se produzca un aumento sensible en los gastos de explotación de RENFE, para lo cual acuerdan las siguientes

CLAUSULAS

Primera. Que durante la ejecución de las obras de renovación de vía en el tramo Córdoba-Aguilar de la frontera, el tren automotor nº 7336/7337 que tiene como estación término la de Ronda pasará a tener el final de trayecto en la Estación de Cortes de la Frontera.

Segunda. Esta circulación se hará con carácter diario, excepto los sábados, domingos y festivos en los cuales la Estación Término será Ronda.

Tercera. Los horarios de parada serán los que se adjuntan en Orden nº

12, EH-13 de 4 de octubre de 1985, de la 3a Zona de Renfe.

Cuarta. La subvención pactada es de dos millones seiscientas mil pesetas anuales, las cuales serán abonadas a RENFE en plazos trimestrales, el 50% de la subvención por la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes y el

50% restante por la Excma. Diputación Provincial de Málaga, la cual transferirá los fondos necesarios al Ayuntamiento de Cortes de la Frontera para que éste realice el correspondiente abono a RENFE.

Quinta. Los Ayuntamientos afectados se comprometen a proporcionar alojamiento al personal de RENFE que se vea afectado por el cambio de Estación Término.

Sexta. Por parte de RENFE se remitirán mensualmente los datos estadísticos desagregados por expedición y día de forma tal que trimestralmente se pueda revisar este convenio en el sentido de que se anule la subvención al tren, haciéndose cargo RENFE de su explotación total, cuando la media diaria de viajeros x Km. durante un mes, sea superior a 3.400 V x Km., asimismo se suprimirá la circulación del tren objeto de este convenio cuando esa media diaria durante un mes, sea inferior a 2.000 V x Km.

Séptima. Sin perjuicio de lo estipulado en las cláusulas primera y sexta, la vigencia inicial del convenio será de seis meses, contados desde la fecha de iniciación de estos servicios convenidos, aunque cualquiera de las partes podrá denunciar con anterioridad el presente convenio, surtiendo efecto la misma a los treinta días de su comunicación. En el caso de no existir denuncia en el plazo de vigencia, se considerará prorrogado por otros seis meses.

Juan M. Castillo Manzano, Consejero de Turismo, Comercio y Transportes

El Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, Luis Pagán Saura

El Director de la 3a Zona de Renfe, Juan Antonio Villaronte Martínez

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