Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 3/7/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 23 de junio de 1986, por la que se desarrolla el Decreto 102/1986, de 4 de junio, que modifica la estructura orgánica de la Consejería.

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El Decreto 102/1986, de 4 de junio, modifica la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, reestructurando aquellos órganos a los que corresponde la ordenación y la gestión de la Función Pública para una mejor ejecución de la Ley de Ordenamiento de la Función Pública andaluza y potenciando la Dirección General de Organización y Métodos en orden a una mayor coordinación y racionalización de la Administración Autonómica. Siendo preciso desarrollar lo previsto en tal Decreto y en uso de la facultad concedida a esta Consejería en la Disposición Final Primera del mismo, previo informe de la Consejería de Hacienda,

D I S P O N G O :

Artículo 1º. La Dirección General de la Función Pública se estructura en las siguientes unidades:

0. Secretaría Administrativa, con nivel orgánico de Jefatura de Sección, dependiente del Director General.

0.1. Negociado de Gestión Administrativa.

0.2. Negociado de Registro y Archivo.

1. Servicio de Régimen Jurídico.

1.1. Sección de Régimen Jurídico de Personal Funcionario. Dos Asesores Técnicos.

1.2. Sección de Régimen Jurídico de Personal Laboral. Dos Asesores Técnicos.

2. Servicio de Registro General de Personal.

2.1. Sección de Inscripciones y Certificaciones.

2.1.1. Negociado de Registro de Personal Funcionario.

2.1.2. Negociado de Registro de Personal Laboral y varios.

2.2. Departamento de Gestión de Personal.

2.2.1. Unidad de Tramitación.

3. Servicio de Selección, Provisión y Formación.

3.1. Sección de Selección y Provisión.

3.1.1. Negociado de Selección de Personal.

3.1.2. Negociado de Provisión de Puestos de Trabajo.

3.2. Departamento de Formación y Promoción.

Artículo 2º. La Dirección General de Organización y Métodos se estructura en las siguientes unidades:

1. Servicio de Procedimiento Administrativo. Dos Asesores Técnicos.

1.1. Negociado de Normalización Administrativa.

1.2. Negociado de Ordenación de Procedimientos.

2. Servicio de Organización. Dos Asesores Técnicos.

2.1. Unidad de Tramitación y Documentación.

3. Servicio de Coordinación Informática.

3.1. Unidad de Gestión Administrativa.

3.2. Departamento de Planificación Informática. Tres Asesores Técnicos.

3.3. Departamento de Soporte de Sistemas de Información.

3.3.1. Unidad de Gestión de Datos.

3.3.2. Unidad de Control de Cambios.

3.3.3. Unidad de Normalización y Métodos Informáticos.

3.4. Departamento de Soporte Técnico.

3.4.1. Unidad de Control de la Red.

3.4.2. Unidad de Evaluación y Configuración de Sistemas.

3.4.3. Unidad de Programación de Sistemas.

3.5. Sección de Desarrollo y Mantenimiento de Sistemas.

3.5.1. Unidad de Diseño y Análisis.

3.5.2. Unidad de Programación.

3.6. Sección de Explotación.

3.6.1. Unidad de Operación.

3.6.2. Unidad de Producción.

En cada una de las Provincias existirá una Unidad de Soporte Técnico Informático.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera. Las vacantes en los puestos de trabajo previstos en la presente estructura orgánica podrán cubrirse en la medida que lo permitan las plantillas presupuestarias.

Segunda. La estructura prevista en la presente Orden ha de quedar condicionada a lo que se determine, tras los estudios pertinentes, sobre relaciones de puestos de trabajo, con su definición y valoración dentro de la global ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de junio de 1986

ANGEL M. LOPEZ Y LOPEZ

Consejero de la Presidencia

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