Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 28/01/1986

0. Disposiciones estatales

Presidencia del Gobierno

CORRECCION de errores del Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Cultura (BOE núm. 15, de 17.1.1986).

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Advertidos errores en el texto remitido del Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 113, de 11 de mayo de 1984, procede establecer las oportunas correcciones:

En la página 12940, listado número 49, donde dice: "Lora González, María Dolores", debe decir " Lora Gómez, María Dolores".

En la página 12943, listado número 61, donde dice: "Alcina del Cuvillo, Pilar (2), en funciones de Directora de la Biblioteca Municipal del Puerto de Santa María", debe decir: "Alcina del Cuvillo, Pilar (2), Directora Encargada de la Biblioteca Pública del Puerto de Santa María".

En la página 12945, cuadro 2º, del listado número 66, donde dice: "Torres Benítez, Carolina", debe decir: "Torres Iglesias Benítez, Carolina de la".

En la página 12950 en el cuadro 1º. del listado número 81, donde dice: "Manjón-Cabezas Sánchez, Antonio. Administrativo...", debe decir: "Manjón-Cabezas Sánchez, Antonio. No escalafonado...".

En la página 12954, listado número 92, donde dice: "Muñoz Cara, Antonio", debe decir: "Muñoz Cara, Manuel".

En la página 12959, cuadro 1º del listado número 103, donde dice: "Horno Ureña, Elisa, Auxiliar", debe decir: "Horno Ureña, Elisa, Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos".

En la página 12959, cuadro 3º del listado número 104, donde dice: "Moral Sánchez, Francisco del" debe decir: "Sánchez del Moral, Francisco".

En la página 12963, en el cuadro 4º del listado número 113, donde dice: "Márquez Narváez, Francisco. Técnico", debe decir: "Márquez Narváez, Francisco. Escucha Red".

En la página 12969, cuadro 2º, del listado número 126, se omitió a don Enrique Muñoz Castro, con la categoría profesional de Oficial de 2ra. (procedente de MCSE), que debe considerarse traspasado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, y cuyas retribuciones ya fueron incluidas en la correspondiente valoración definitiva de los traspasos efectuados a la mencionada Comunidad Autónoma.

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