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Ilmos. Sres.:
El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, en sesión plenaria celebrada el día
20 de marzo de 1986, acordó por unanimidad solicitar a esta Consejería una subvención de cincuenta y nueve millones trescientas sesenta mil pesetas, para la ejecución de obras de rehabilitación en el edificio Hotel Triana, propiedad municipal.
Siendo objetivo de esta Consejería fomentar las actuaciones de rehabilitación que permitan impedir el deterioro de núcleos de valor patrimonial mejorando las condiciones de habitabilidad y estabilidad estructural, objetivo que ha de conseguirse mediante una gestión coordinada con las Corporaciones Locales. A la vista de la solicitud y a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en virtud del Decreto 39/1984 de 29 de febrero, que adscribe competencias en materia de Patrimonio Arquitectónico Control de Calidad de la edificación y vivienda, y en ejercicio de las facultades que confiere el artículo 10 de la Ley 5/1983, de 19 de julio de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:
Primero. Autorizar la concesión de una subvención al Excmo. Ayuntamiento de Sevilla de 59.360.000 ptas. (cincuenta y nueve millones trescientas sesenta mil pesetas), con cargo a la aplicación presupuestaria
15.18.762.00 programa 3.3.B.
Segundo. El abono de la subvención se efectuará, un 25% a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el resto conforme se justifique.
Lo que digo a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 16 de julio de 1986
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Política Territorial
Ilmos. Sres. Viceconsejeria General de Arquitectura y Vivienda.
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