Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 16/9/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 30 de julio de 1986, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el ayuntamiento de Gelves, de los terrenos necesarios para la realización de las obras contenidas en el proyecto de Puerto Deportivo Fluvial.

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El Ayuntamiento de Gelves, en sesión celebrada el día 3 de abril del año en curso, aprobó el Proyecto Técnico confeccionado para la ejecución de un Puerto Deportivo Fluvial en dicha localidad, en la zona colindante al río más cercana e inmediata a la población, y que desde siempre ha polarizado la actividad náutica de la misma, con los efectos propios que a dicho acuerdo le asigna los artículos 143 de la Ley de Régimen Local, y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, en atención a los múltiples beneficios que entrañarían la realización de este Puerto para la citada población. En la misma sesión plenaria, se resolvió iniciar el oportuno expediente expropiatorio de las parcelas afectadas por las referidas obras, e interesar del órgano correspondiente de la Junta de Andalucía, la declaración de urgente ocupación de las mismas, en consideración a que su presupuesto se nutre de subvenciones concedidas por la Consejería de Economía, Industria y Energía y operaciones de crédito ya concedidas a la Corporación, que resultarían totalmente insuficientes en caso de demorarse las obras, que por otra parte, tan sólo podrían acometerse durante los meses de primavera y verano dado la índole de las mismas y el lugar en que han de efectuarse; sin olvidar la importancia que su ejecución representaría a la hora de poder paliar el fuerte índice de paro a que se encuentra sometida la población activa del Municipio. Habida cuenta de que la declaración de urgente ocupación se puede adoptar en cualquier momento de la instrucción del expediente expropiatorio, y que éste se encuentra iniciado una vez que se entienden implícitos los requisitos previos de la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes afectados por la misma, así como que por parte de la Corporación se han dado cumplimiento a los presupuestos establecidos por el art. 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, cuales son la identificación de los bienes, la constancia del resultado de la información pública, que ha tenido lugar mediante inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 102, de fecha 5 de mayo del año en curso, y descritas las circunstancias que motivan la urgencia en la forma anteriormente señalada, resulta procedente acceder a la pretensión deducida, de conformidad con lo dispuesto en el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y con los efectos propios que en dicho precepto se atribuye a tal declaración.

El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgáncia 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de julio de

1986,

DISPONGO

1º. Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Ilmo. Ayuntamiento de Gelves (Sevilla) de dos parcelas pertenecientes a la finca denominada "Vega de Gelves", que a continuación se describen, afectadas por las obras comprendidas en el Proyecto de Puerto Deportivo Fluvial de Gelves:

Parcela nº 128, de 7.981 m2, propiedad del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, cuyos linderos al Norte, con parcela nº 129, propiedad del I.A.R.A.; al Sur, con la calle del Río; al Este, con la franja de costa del Río Guadalquivir, de la Junta del Puerto de Sevilla; al Oeste con la Autovía Sevilla-Coria del Río.

Parcela nº 129, de 29.243 m2, propiedad del I.A.R.A., cuyos linderos son: al Norte, con la parcela nº 130, propiedad del I.A.R.A.; al Sur, con la parcela nº 128, propiedad del I.A.R.A.; al Este, con la franja de costa del Río Guadalquivir, de la Junta del Puerto de Sevilla; al Oeste, con la autovía Sevilla-Coria del Río.

2º. Comunicar el presente Acuerdo al Ilmo. Ayuntamiento de Gelves (Sevilla).

3º. Publicarlo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de julio de 1986

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernacón

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