Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 6/2/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 21 de enero de 1987, del Consejo del Gobierno, sobre subvención a la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Cádiz, con el Banco de Crédito Local de España para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 60/1986, de 2 de abril, por el que se regula la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma que durante el ejercicio de 1986 contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, Orden de 7 de mayo 86 y Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales y entre la Junta de Andalucía y la Diputación Provincial de Cádiz, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 21 de enero de 1987,

A C U E R D A

Primero. Subvencionar, con arreglo a la solicitud formulada por la Diputación Provincial de Cádiz, el 60 por 100 de las cantidades que, en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los proyectos municipales y en la cuantía de capital del préstamo concertado que a continuación se detalla:

Segundo. Subvencionar definitivamente, en virtud de lo prevenido en el apartado cuarto del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 5 de noviembre de

1986, el 60 por 100 de la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Cádiz con el Banco de Crédito Local de España, en la cuantía de capital del préstamo concertado que seguidamente se especifica, correspondiente a la acumulación ponderada de las aprobaciones parciales efectuada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de diciembre de

1986, apartado segundo, y por el apartado primero del presente Acuerdo: Tercero. El crédito concedido a la Diputación Provincial de Cádiz por el Banco de Crédito Local de España, que subvenciona la Junta de Andalucía en su 60 por 100, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia y a un interés del 11,25 más el 0,40 por 100 de comisión. Cuarto. La Consejería de Gobernación comunicará al Banco de Crédito Local de España la puesta a disposición de la Diputación Provincial de Cádiz de los fondos correspondientes a la subvención definitiva aprobada.

Sevilla, 21 de enero de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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