Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 20/2/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 2 de febrero de 1987, por la que se reconoce como carga cultural no permanente la otorgada en su testamento por doña María del Rocío González Cayuela, a favor del Instituto de Estudios Jiennenses y se ordena su inscripción en la sección 2ª del Registro de Fundaciones Privadas de carácter cultural y artístico, asociaciones y entidades análogas de Andalucía.

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Visto el Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 6/81 de 30 de diciembre que establece en su Artículo 13, apartado 25, que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva sobre las Fundaciones y Asociaciones de carácter cultural y artístico y similares, que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, y publicado el Real Decreto

864/84 de 29 de febrero por el que se transfieren funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cultura y asignadas a la Consejería de Cultura dichas competencias, por Decreto de la Presidencia 18/84 de 19 de junio.

Analizado el expediente de Carga Modal Temporal, de carácter Cultural, otorgada por Doña María del Rocío González Cayuela, y aceptada por el Instituto de Estudios Giennenses.

Visto el informe que presenta el Jefe de la Sección de Cooperación Institucional, estimando completo y correcto el expediente administrativo. Visto el informe preceptivo del Servicio de Asesoría Jurídica y Documentación que estima como legalmente suficiente la documentación presentada,

HE RESUELTO:

Primero. Reconocer como Carga Cultural no permanente la otorgada en su testamento, por Dña. Ma del Rocío González Cayuela, a favor del Instituto de Estudios Giennenses.

Segundo. Aprobar el Plan de cumplimiento de la misma propuesto por el Instituto de Estudios Giennenses con la autorización expresa del Albacea testamentario.

Tercero. Establecer la obligatoriedad reglamentaria de proceder a su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Cuarto. Establecer, asimismo, la obligación de que por el Instituto de Estudios Giennenses, organismo responsable del cumplimiento de la Carga, y durante la vigencia de la misma, se remita a esta Consejería, dentro de los cuatro primeros meses de cada año, una memoria explicativa de las actividades desarrolladas en el ejercicio de esta Carga, especificando sus beneficiarios.

Quinto. Ordenar su inscripción en la Sección 2a del Registro de Fundaciones Privadas de carácter cultural y artístico Asociaciones y Entidades análogas de Andalucía.

Sevilla, 2 de febrero de 1987

JAVIER TORRES VELA

Consejero de Cultura

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