Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 17/3/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Trabajo y Bienestar Social

ORDEN de 12 de marzo de 1987, por la que se garantiza el funcionamiento de los Servicios Administrativos del Hospital Universitario de Sevilla, con el establecimiento de Servicios Mínimos.

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Convocada huelga con carácter de indefinida, para los días martes y jueves de cada semana, y a partir del día 17 de marzo de 1987, por el personal Administrativo del Hospital Universitario de Sevilla, dado el carácter público de los servicios de asistencia sanitaria, éstos no pueden quedar paralizados por el legítimo derecho a la huelga que ampara al personal convocante de la misma.

Por ello, resulta evidente la necesidad de adoptar las medidas precisas para garantizar el funcionamiento de dicho servicio público, intentando a la vez compatibilizar los intereses generales del conjunto de la Comunidad con los derechos individuales que asisten al colectivo declarante de la huelga.

En su virtud, y en base a las atribuciones que confiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía el Estatuto de Autonomía y el Real Decreto

4043/1982, de 29 de diciembre, en aplicación de lo dispuesto en el párrafo

2º del artículo 10 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, y a la delegación que el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía realizó por Acuerdo de 5 de octubre de 1983,

D I S P O N G O

Artículo primero. La situación de huelga que afectará al personal Administrativo del Hospital Universitario de Sevilla a partir del día 17 de marzo, y prevista para los martes y jueves, con carácter indefinido, se entenderá condicionada a que se mantengan los servicios mínimos que figuran en el Anexo a la presente Orden.

Artículo segundo. El artículo anterior no supondrá limitación alguna de los derechos que la normativa raguladora de la huelga reconozca al personal en dicha situación, ni tampoco responderá a la tramitación y efectos de las peticiones que la motivan.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de marzo de 1987

JOSE Ma ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud

Iltmos. Sres. Directores Generales de Trabajo y Bienestar Social y de Asistencia Hospitalarias y Especialidades Médicas. Iltmos. Sres. Delegados Provinciales de las Consejerías de Trabajo y Bienestar Social, de Salud de Sevilla. [VEASE ANEXO(S) EN EDICION + IMPRESA DEL BOJA]

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