Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 25/3/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 2 de marzo de 1987, sobre modificación de elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Granada en el segundo cinturón de circunvalación.

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Examinado el expediente tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Granada de modificación de elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Granada en el segundo cinturón de circunvalación, aprobado provisionalmente por Acuerdo Plenario de 27 de junio de 1986, elevado a esta Consejería a los efectos de lo dispuesto en los arts. 35.1.c), 41.2 y

49 de la Ley del Suelo.

Atendiendo a lo preceptuado en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, los reglamentos que lo desarrollan y el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo.

Vistos los informes de la Diputación Provincial de Granada, Comisión Provincial de Urbanismo, Comisión de Urbanismo de Andalucía y Dirección General de Urbanismo y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas a tenor de lo establecido en la letra a) del art. 7 del Decreto

194/1983, de 21 de septiembre, en relación con el art. 35.1.c) de la Ley del Suelo.

HE RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente la modificación de elementos del Plan General de Ordenación Urbana de Granada, segundo cinturón de circunvalación, en lo que afecta a la alteración en el trazado previsto. El proyecto que desarrolle la vía a ejecutar preverá en todo momento las conexiones necesarias que eviten cualquier tipo de barrera, como pasos elevados entre la ciudad y su vega, atendiendo de este modo a los objetivos marcados desde el propio Plan de Granada.

Segundo. Suspender la modificación propuesta en lo que se refiere al cambio de clasificación de la franja de suelo no urbanizable, por contravenir lo expresamente dispuesto en la Norma 8.1.1.b) de la normativa urbanística del Plan General de Ordenación Urbana de Granada. La modificación de lementos carece de ejecutoriedad en el presente punto, de conformidad con lo estipulado en el art. 56 de la Ley del Suelo.

Tercero. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a los efectos previstos en el art. 56 de la Ley del Suelo y se notificará al Ayuntamiento de Granada y a los interesados. Contra esta resolución, cabe recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el contecioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 2 de marzo de 1987

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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