Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 7/4/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 25 de marzo de 1987, del Consejo de Gobierno, por el que se a prueba la constitución de la entidad de ámbito territorial inferior al municipio de Balanegra, dependiente del municipio de Berja (Almería).

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El Ayuntamiento de Berja (Almería) consideró conveniente, en acuerdo adoptado el 6 de marzo de 1986, que la Barriada de Balanegra, enclavada en su término municipal, se constituyese en Entidad de ámbito territorial inferior al Municipio, en atención a las circunstancias de todo tipo que en la misma concurren.

Al ponerse de relieve, por las instancias cursadas, que de este convencimiento de la Corporación,participaban los propios vecinos de la indicada Barriada, se resolvió por aquélla, en acuerdo plenario de 11 de abril de 1986 , constituir la misma en Entidad de ámbito territorial inferior al Municipio mediante el cunplimiento de los trámites legalmente establecidos.

Una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se presentara reclamación alguna, el Ayuntamiento emitió en sentido favorable el informe que prescribe el art. 42 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de 11 de julio de 1986; y por su parte, la Alcaldía aportó Memoria en la que se justificaba la viabilidad de la de la repetida Barriada para constituirse en la Entidad que se pretende, en atención a los aspectos geográficos, sociológicos y económicos que en aquella Barriada concurren.

Con esta forma de actuar se entiende que por parte de la Corporación se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril y Reglamento de Población y Demarcación Territorial de 11 de julio de 1986.

El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en relación con el artículo 1.1 del Real DEcreto 698/79, sobre transferencias de competencias de la Administración Local y el art. 42. d) del Reglamento de Población, confiere competencia a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de constitución de Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación en su reunión del día 25 de marzo de 1987, el Consejo de Gobierno

ACUERDA

1º. Aprobar la constitución de la Barriada de Balanegra, perteneciente al Municipio de Berja (Almería) como Entidad de Ambito Territorial inferior al Municipio.

2º. Comunicar la presente Resolución al Ilmo. Ayuntamiento de Berja (Almería).

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.

Sevilla, 25 de marzo de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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