Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 24/4/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

DECRETO 95/1987, de 8 de abril, por el que se crea el puesto singularizado de asesor ejecutivo del Consejero de Agricultura y Pesca.

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El Decreto 313/1984, de 11 de diciembre, modificó la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, creando, entre otros, el puesto de Coordinador de Servicios Económicos. La experiencia obtenida en el transcurso del tiempo durante el cual se ha venido aplicando la estructura modificada aconseja temporalmente la transformación de dicho puesto en otro de contenido coordinador más amplio, como órgano de apoyo del Consejero adscrito a la Secretaría General Técnica, dado el volumen de funciones que corresponden a ésta por su amplia participación en el proceso de Reforma Agraria.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.12 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, previo informe de la Consejería de Hacienda, con aprobación del Consejero de Gobernación a propuesta de la Consejería de Agricultura y Pesca y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de abril de 1987,

D I S P O N G O :

Artículo 1º. Se crea en la Consejería de Agricultura y Pesca el puesto de trabajo singularizado de Asesor Ejecutivo del Consejero.

Artículo 2º. Corresponde a este puesto de confianza y asesoramiento especial las funciones de asistencia al Consejero de Agricultura y Pesca en los asuntos que éste determine y, en concreto, la coordinación en materias generales, adscribiéndose a la Secretaría General Técnica.

Artículo 3º. Este puesto de Asesoramiento será provisto mediante nombramiento eventual, siendo su régimen jurídico el que se determina en el artículo 28 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Fundación Pública de la Junta de Andalucía.

Artículo 4º. Las retribuciones del cargo a que se refiere el presente Decreto serán equivalentes a las que correspondan a un funcionario del Grupo A, con Nivel 30 de complemento de destino y 989.932 pesetas anuales de complemnto específico.

DISPOSICION FINAL

Primera. Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de abril de 1987

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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