Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 30/6/1987

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

RESOLUCION de 23 de junio de 1987, de la Mesa del Parlamento, sobre convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de dos plazas vacantes del cuerpo de Oficiales de Gestión Parlamentaria.

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La Mesa del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 21 de mayo de 1987, acordó convocar pruebas selectivas para la provisión de dos plazas vacantes del Cuerpo de Oficiales de Gestión Parlamentaria, de acuerdo con la siguiente distribución: una plaza de promoción interna y otra de turno libre.

Con fecha 17 de junio de 1987, la Mesa de la Cámara acordó aprobar las bases adjuntas, las cuales regirán las citadas pruebas selectivas.

Sevilla, 23 de junio de 1987.- El Letrado Mayor, Juan B. Cano Bueso.

CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISION DE DOS PLAZAS VACANTES DEL CUERPO DE OFICIALES DE GESTION PARLAMENTARIA.

1. NORMAS GENERALES

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas del Cuerpo de Oficiales de Gestión Parlamentaria al servicio del Parlamento de Andalucía, de acuerdo con la siguiente distribución: a) Una plaza de promoción interna, de acuerdo con lo previsto en el art.

49 del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior de la Cámara. b) Una plaza de turno libre.

1.2. En el supuesto de que la vacante reservada a la promoción interna quedará sin cubrir se acumulará al turno libre. A tal efecto, la celebración de las pruebas correspondientes al turno de promoción interna se realizarán con anterioridad a las de turno libre. 1.3. El nombramiento, en el marco del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior, conferirá a los designados, a todos los efectos, el carácter de funcionarios de carrera del Parlamento de Andalucía desde la fecha de toma de posesión.

1.4. La selección de aspirantes se realizará a través del sistema de oposición y se regirá por las normas que se establecen en la presente convocatoria.

2. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión del Título de Bachillerato Unificado y Polivalente, Formación Profesional de 2 Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme. 2.2. Los aspirantes que concurran a las plazas reservadas a promoción interna habrán de pertenecer al Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía, encontrarse en servicio activo, haber superado el período de prácticas y poseer la titulación exigida en el apartado 2.1. c) de las presentes bases.

2.3. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes.

3. SOLICITUDES

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo queda señalado como Anexo II, y que será facilitado, en todo caso, gratuitamente por los Servicios Generales de la Cámara, en la que harán constar los siguientes extremos: a) Cuerpo al que aspira, fecha del presente acuerdo de la Mesa, modalidad de acceso: turno libre o de promoción interna, nombre y apellidos del aspirante, D.N.I., fecha de nacimiento, domicilio, titulación que le acredita para tomar parte en las citadas pruebas selectivas y centro de expedición de la misma, y declaración de reunir los requisitos exigidos en la base segunda de la presente convocatoria. b) Cualquier otro requisito específico exigido por la presente convocatoria.

3.2. únicamente los aspirantes que concurran a la plaza reservada a promoción interna habrán de especificar los servicios efectivos prestados en la Administración Pública (Parlamento de Andalucía), de acuerdo con la base 2.2 de esta convocatoria.

3.3. Las instancias se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía y se presentarán en el Registro General del Parlamento de Andalucía o en la forma establecida en los apartados 3 y 4 del art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes, para los señores aspirantes que deseen concurrir al turno libre, será de 15 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Para los señores aspirantes que deseen concurrir al turno de promoción interna, el plazo de presentación de solicitudes será de 7 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. ADMISION DE CANDIDATOS

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Mesa del Parlamento aprobará las listas de aspirantes admitidos y excluidos a la realización de las pruebas selectivas, las cuales se harán públicas en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en las que constará: nombre y apellidos de los candidatos, número del D.N.I., así como las causas de no admisón en la relación de excluidos. 4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.3. Los interesados podrán interponer la correspondiente reclamación, ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, contra la lista provisional de aspirantes que deseen concurrir al turno libre admitidos y excluidos, en el plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Así mismo, los interesados podrán interponer la correspondiente reclamación, ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, contra la lista provisional de aspirantes que deseen concurrir al turno de promoción interna admitidos y excluidos, en el plazo de 4 días naturales a partir del siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía.

4.4. Las reclamaciones contra la lista provisional serán aceptadas o rechazadas por acuerdo de la Mesa, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aprobando la lista definitiva de señores aspirantes admitidos y excluidos a la realización de las referidas pruebas selectivas.

5. TRIBUNAL CALIFICADOR

5.1. La Mesa del Parlamento de Andalucía designará a los miembros titulares y suplentes del Tribunal Calificador. El citado acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. De conformidad con lo dispuesto en el art. 41 del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior de la Cámara, el Tribunal Calificador habrá de estar formado por:

Presidente: Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía o Vicepresidente en quien delegue.

Vocales: Un miembro de la Mesa del Parlamento de Andalucía, el Letrado Mayor o Letrado que le sustituya, dos funcionarios del Parlamento de Andalucía, de los cuales uno podrá ser sustituido por un profesor o especialista de reconocida competencia y el otro actuará como Secretario del Tribunal Calificador.

5.3. En caso de empate en los acuerdos que deba adoptar el Tribunal Calificador, el Presidente tendrá voto de calidad.

5.4. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

5.5. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo mencionado.

5.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el Parlamento de Andalucía, calle Reyes Católicos, 21, Sevilla.

5.7. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpelación y aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal Calificador, sin apelación alguna.

5.8. El Tribunal Calificador podrá recabar asesoramiento de personas con especial conocimiento en las materias que sean objeto de cada ejercicio.

6. DESARROLLO

6.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios de carácter eliminatorio:

Primero. Consistirá en copiar mecanográficamente, durante diez minutos, de un texto que facilitará el Tribunal, a una velocidad mínima de 250 pulsaciones por minuto. Se valorará la velocidad alcanzada, los errores cometidos y la presentación.

Para la realización de este ejercicio no se admitirán máquinas eléctricas, con memoria ni con cinta correctora.

Segundo. Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo máximo de 2 horas, de un tema elegido por el Tribunal entre tres del programa que figura como Anexo I a la presente convocatoria, extraídos éstos al azar por el procedimiento de insaculación.

Dicho tema será leído posteriormente por el candidato en sesión pública y devuelto al Tribunal Calificador para su comprobación y evaluación. Tercero: Consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de

30 minutos, de dos temas extraídos al azar de entre los que componen el programa que figura como Anexo I a la presente convocatoria. Uno de los temas habrá de corresponder a los diecisiete primeros del programa y otro a los diecisiete restantes. Para ello se procederá a sendas insaculaciones independientes de entre los grupos de temas señalados.

6.2. Valoración de los ejercicios.

6.2.1. Primer ejercicio; se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario, para poder realizar el segundo ejercicio, haber obtenido al menos 5 puntos.

6.2.2. Segundo ejercicio; se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario, para poder realizar el tercer ejercico, haber obtenido al menos

5 puntos.

6.2.3. Tercer ejercicio: se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación haber obtenido al menos 5 puntos. 6.2.4. Calificación final: vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor edad del aspirante.

6.2.5. En el supuesto de que ningún aspirante alcance la puntuación mínima exigida la oposición será declarada desierta por el Tribunal. 6.3. El comienzo del primer ejercicio será anunciado a través del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y del tablón de anuncios del Parlamento, al menos con diez días naturales de antelación. 6.4. No será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios. No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal Calificador en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía.

6.5. Los opositores serán convocados para cada ejercicio mediante llamamiento único siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. 6.6. En cualquier momento el Tribunal Calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.7. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal Calificador que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará a la Mesa de la Cámara, la cual, además de adoptar las medidas oportunas, dará traslado a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir a los efectos procedentes. 6.8. El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar a los señores aspirantes minusválidos gozar de igualdad de oportunidades que al resto de los aspirantes.

7. RELACION DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR 7.1. Se considerarán aprobados aquellos aspirantes que hayan obtenido mayor calificación final, de acuerdo con lo dispuesto en la base 6.2. 7.2. La lista de aprobados no podrá superar, en ningún caso, el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación contraria de acuerdo con lo establecido en el art. 18 de la Ley 30/1984. El Tribunal Calificador hará público, a través del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los aspirantes aprobados que se proponen a la Mesa para su nombramiento como funcionarios del Cuerpo de Oficiales de Gestión Parlamentaria del Parlamento de Andalucía.

8. PRESENTACION DE DOCUMENTOS

8.1. En el plazo de 15 días naturales a contar del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Registro General de la Cámara los siguientes documentos:

a) Fotocopia del D.N.I.

b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio.

c) Fotocopia, debidamente compulsada, del título de BUP, FP-2 o equivalente. Recibirán la misma consideración cuantos tengan aprobados seis cursos completos de cualquier extinguido plan de estudios de bachillerato.

d) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones.

e) Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de los órganos oficiales competentes que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las tareas que corresponden a las plazas objeto de esta convocatoria.

8.2. Ante la imposibilidad de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

8.3. Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar, documentalmente, las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar su condición y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios.

En el caso de los opositores de promoción interna, dicha certificación deberá contener mención expresa de haber superado el período de prácticas y situación administrativa el día de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en estas pruebas.

8.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación señalada anteriormente, o del examen de ésta se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESION

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Mesa ordenará la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del nombramiento de los aprobados como funcionarios del Parlamento de Andalucía.

Los así nombrados tendrán el carácter de funcionarios en prácticas durante un perído de seis meses, pudiéndose exigir el estudio de materias específicas relacionadas con el puesto a ocupar.

Transcurrido dicho período de prácticas, la Mesa acordará lo procedente en orden a su nombramiento definitivo.

9.2. En el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del nombramiento de la Mesa en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los interesados deberán tomar posesión de sus plazas.

Se entenderá que renuncian a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición quienes no tomen posesión en el plazo señalado.

10. NORMA FINAL

En lo no previsto en estas bases, se estará a lo establecido en la legislación vigente, en cuanto sea de aplicación.

Sevilla, 17 de junio de 1987

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