Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 28/7/1987

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Fomento

ACUERDO de 1 de julio de 1987, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Consejo de Economía y Fomento a la firma de un convenio con el Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba), para rehabilitación y adaptación de edificio para uso congresual y de exposiciones.

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La Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece en su arto 57 que la cooperación económica, técnica y administrativa, entre la Administración Local y la Administración de las Comunidades Autónomas, se realizará con carácter voluntario bajo las fórmulas y términos previstos en las Leyes, pudiendo en todo caso, adoptar la forma de consorcios o convenios administrativos. El Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba), dispone de un edificio, en el que está ejecutando obras de rehabilitación y adaptación para destinarlo a uso congresual y de exposiciones, sito en la calle Contraalmirante, no 1, de dicha localidad, lo cual es de gran interés para el desarrollo del Turismo en esa zona, por lo que es merecedor del apoyo de esta Junta, a través de la Consejería de Economía y Fomento.

En consecuencia, a propuesta de la Consejería de Economía y Fomento, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de julio de 1987, adopta el siguiente

ACUERDO

Artículo Unico: Se autoriza al Consejero de Economía y Fomento, para celebrar un Convenio con el Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba), con objeto de realizar las obras de rehabilitación y adaptación de un edificio, sito en la calle Contraalmirante, no 1, de dicha localidad, para uso congresual y de exposiciones, con arreglo al texto del mismo que se adjunta.

Sevilla, 1 de julio de 1987.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE AURELIANO RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento

En, a de de mil novecientos ochenta y siete.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. José Aureliano Recio Arias, que interviene en calidad de Consejero de Economía y Fomento de la Junta de Andalucía.

Y de otra parte, el Ilmo. Sr. D. .... que interviene en calidad de Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil -Córdoba-. Las partes intervinientes se reconocen suficiente capacidad, representación y legitimación para suscribir este Convenio y asumir para sí o para sus representados las cargas, obligaciones y derechos derivados del mismo, y, en su virtud,

EXPONEN

Primero.

La Consejería de Economía y Fomento dispone en su aplicación presupuestaria 7.16.89.762.00.000.8, la cantidad de catorce millones de pesetas (14.000.000 ptas.) como participación en la construcción y equipamiento de instalaciones congresuales en Puente Genil -Córdoba- .

Segundo.

Que por escritura de cesión otorgada por el Obispado de Córdoba y la Provincia Bética de la Orden de Frailes Menores o Franciscanos, de fecha

21.11.85, modificada por escritura de subsanación de 6 de febrero de 1987, el Ayuntamiento de Puente Genil dispone de la cesión de uso por plazo de

20 años, prorrogables a voluntad de las partes, de un edificio, sito en la calle Contraalmirante, no 1, de Puente Genil -Córdoba-, conocido como "Antiguo Convento de los Franciscanos", excepto la Iglesia, la Sacristía, el Coro, dos saloncitos contiguos a la Iglesia en planta baja con puerta de acceso a la calle Salvador Morales.

Tercero.

Que el uso que se pretende dar a la citada finca es conforme a la estipulación sexta de la escritura de subsanación mencionada en la exposición segunda del presente Convenio, disponiendo de autorización de la Gestora que ordena y controla el uso del edificio.

Cuart.

Que el Ayuntamiento de Puente Genil está obligado a la rehabilitación, reconstrucción, adaptación, mantenimiento y conservación de la finca cedida, y que dispone de consentimiento de los propietarios para la realización de las obras de rehabilitación y adaptación que comprende el Proyecto Básico redactado por el Arquitecto D. José Luis Muñoz Lucena, de las que es promotor.

ESTIPULACIONES

Primera.

La Consejería de Economía y Fomento de la Junta de Andalucía aporta la cantidad de catorce millones de pesetas (14.000.000 ptas) con cargo a la aplicación presupuestaria 7.16.89.762.00.000.8,

como participación en la construcción y equipamiento de una instalación congresual en Puente Genil -Córdoba-.

Segunda.

El Ayuntamiento de Puente Genil se obliga a la rehabilitación del edificio "Antiguo Convento de los Franciscanos", situado en las calles: Los Frailes; Corberta y Contraalmirante, de Puente Genil -Córdoba-, y su adaptación para Palacio de Exposiciones y Congresos, Museo de Productos de la Tierra, artístico, histórico y de la Semana Santa Local, y Turismo, según proyectos de ejecución que desarrolle el proyecto básico redactado por el Arquitecto D. José Luis Muñoz Lucena, comprometiéndose a satisfacer todos los gastos que origine esta iniciativa congresual, incluido el mobiliario y equipamiento, así como los honorarios de redacción de proyecto y dirección de obras.

Tercera.

Redactado por el Ayuntamiento de Puente Genil el proyecto de ejecución de las obras, éste se someterá para su aprobación previa a la Consejería de Economía y Fomento, debiéndose contemplar en planta baja la ejecución de una zona para facilitar información turística.

Cuarta.

El Ayuntamiento de Puente Genil -Córdoga-, impulsará la ejecución de las obras, de forma que en el plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha de la firma del presente Convenio, el importe del presupuesto de adjudicación de las obras ejecutadas en dicho período, incluido los honorarios de redacción de proyecto y parte proporcional de dirección de obras y equipamiento necesario, sea superior a la cantidad aportada por la Consejería de Economía y Fomento por este Convenio.

Quinta.

La Consejería de Economía y Fomento abonará al Ayuntamiento de Puente Genil la cantidad de catorce millones de pesetas (14.000.000 ptas.) contra presentación de las respectivas certificaciones de obras firmadas por los Técnicos que intervengan en su dirección, así como de los justificantes de la inversión realizada en el equipamiento del edificio, previa aprobación del Ayuntamiento Pleno de Puente Genil, y una vez prestada su conformidad por la Consejería de Economía y Fomento.

Sexta.

La Consejería de Economía y Fomento podrá nombrar un representante para el seguimiento de los trabajos.

Séptima.

El Ayuntamiento de Puente Genil facilitará en todo momento la información que se solicite por la Consejería de Economía y Fomento relativa al desarrollo de los trabajos.

Octava.

En el cartel de obra que se instale durante la ejecución de la misma, se deberá expresar claramente la aportación de la Consejería de Economía y Fomento.

Novena.

El incumplimiento de las obligaciones descritas podrá dar lugar a la resolución de este Convenio, previa comunicación al efecto de la otra parte.

Y en prueba de conformidad y con la intención de obligarse, lo suscriben las partes en triplicado ejemplar, a un solo efecto, en el lugar y fecha del encabezamiento.

Por la Consejería de Economía y Fomento, El Consejero, José Aureliano Recio Arias.- Por el Ayuntamiento de Puente Genil, El Alcalde-Presidente.

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