Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 8/9/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Fomento

ORDEN de 30 de julio de 1987, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia de la Magistratura de Trabajo núm. 2 de Jaén, de 17 de junio de 1987, recaída en autos 238 a 241/87 instados por don Antonio Moreno Corbellas y tres más.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Ilmos. Sres.:

La Magistratura de Trabajo nº 2 de Jaén ha dictado Sentencia con fecha

17 de junio de 1987 recaída en autos nº 238 a 241/87 seguidos a instancia de D. Antonio Moreno Corbellas y tres más. Dicha sentencia, cuya firmeza ha sido acreditada, dice así en su parte dispositiva: "Fallo: Que estimando las demandas interpuestas por los actores, sobre reconocimiento de antigüedad, y diferencias dimanantes de este concepto, debo declarar y declaro que a Antonio Moreno Corbellas le corresponden 5 trienios durante el año 86 y 6 trienios a partir de 1.01.87, 5 trienios a Salvador López Rus, al igual que a Francisco López Sarmiento y Jerónimo Millán Manchón, condenan a la demandada Consejería de Fomento y Turismo de la Junta de Andalucía a estar y pasar por ello, así como a abonarle a los actores la cantidad de 96.481 pesetas a cada uno de ellos, por el periodo comprendido entre el 1.1.86 al 31.12.86, en la que está incluido el importe del valor de trienio de 1.235 pesetas mensuales, incrementado con el 10% de interés por mora".

Esta Consejería, a los efectos del artículo 26.3 de la Ley 5/1983 de 19 de julio, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia.

Lo que comunico a V.I.

Sevilla, 30 de julio e 1987

JOSE AURELIANO RECIO ARIAS

Consejero de Economía y Fomento

Ilmos. Sres. Viceconsejero y Secretario General Técnico de Economía y Fomento.

Descargar PDF