Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 7/11/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 29 de octubre de 1987, de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que se conceden ayudas para la realización de actividades culturales y recreativas por alumnos de enseñanzas medias de Andalucía.

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La Orden de 14 de abril de 1987 (BOJA 30.04.87), convocaba ayudas para la realización de actividades culturales y recreativas por los alumnos de Enseñanzas Medias de Andalucía.

El punto Noveno de la citada Orden dispone que, propuesta la concesión de ayudas por la Comisión de Selección establecida en el punto Séptimo, la Dirección General de Ordenación Académica resolverá y hará publica la correspondiente adjudicación, determinando en cada caso la cuantía de la ayuda.

Presentados los proyectos e informados por las mesas de alumnos, constituidas en las respectivas Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia de acuerdo con los puntos Segundo y Quinto de la citada Orden de convocatoria, y habiéndose valorado las solicitudes por la Comisión de Selección prevista en el punto Séptimo de dicha Orden, esta Dirección General de Ordenación Académica, a propuesta de dicha Comisión, ha resuelto:

Primero. Conceder las ayudas en la cuantía expresada a los proyectos presentados por alumnos de los Centros que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.

Segundo. Denegar las ayudas a los proyectos que han sido presentados fuera de plazo, relacionados en el Anexo II.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el punto Décimo de la Orden de

14 de abril de 1987, lo alumnos beneficiarios de la subvención justificarán con la documentación y facturas correspondientes ante el Consejo Escolar de su Centro la correcta utilización de los fondos recibidos. Así mismo, deberán cumplimentar y remitir a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia correspondiente la ficha que figura en el Anexo III de esta Resolución, en base a lo dispuesto en el citado punto Décimo de la Orden, así como una memoria sobre la realización de las actividades.

Por su parte, el Presidente del Consejo Escolar del Centro enviará antes del 30 de junio de 1988 a la respectiva Delegación Provincial de Educación y Ciencia el acta correspondiente de dicho Consejo Escolar, como justificación del uso adecuado de la subvención recibida.

Cuarto. Las Delegaciones Provinciales remitirán dicha documentación a esta Dirección General de Ordenación Académica antes del 15 de julio de

1988.

Sevilla, 29 de octubre de 1987.- El Director General, José Rodríguez Galán.

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