Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 17/12/1988

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación

ORDEN de 14 de diciembre de 1988, por la que se nombran funcionarios de la Junta de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 7/1988, de 17 de Octubre, de Modificación de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 6/1985, de 28 de Noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, establece que el personal con contrato administrativo afectado por el Decreto 153/1982, de 22 de Diciembre, y que en la actualidad se encuentran prestado sus servicios activos en la Junta de Andalucía, adquirirá automáticamente, a la entrada en vigor de la presente Ley, la categoría de funcionario de carrera de la Administración en la Comunidad Autónoma Andaluza, circunstancias que concurren en el personal a que se refiere la presente Orden.

En su virtud, en uso de la competencia que me confiere el Art. 5.f. de la Ley 6/1987, de 28 de Octubre.

D I S P O N G O

Primero.- Nombrar funcionarios de los Cuerpos de la Junta de Andalucía que se indican, al personal que se relaciona en el Anexo I de la presente Orden, con efectos del día 15 de Noviembre de 1988.

Segundo.- Para la adquisición de la condición de funcionario, los interesados habrán de prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de Abril, y tomar posesión dentro del plazo establecido en el artículo siguiente.

Tercero.- La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden, quedando destinados provisionalmente en los puestos de trabajo que actualmente ocupan, con la obligación de participar en los próximos concursos de traslados que se convoquen, hasta la obtención de destino definitivo.

Cuarto.- Los Organos competentes en cada caso, remitirán al Registro General de Personal de la Dirección General de la Función Pública, la documentación correspondiente para la inscripción de la toma de posesión.

Quinto.- Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo ante el Consejero de Gobernación, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el Art. 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Sevilla, 14 de diciembre de 1988

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF