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Por Decreto del Presidente 241/1985, de 12 de noviembre, fueron nombrados los miembros del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, representantes en el mismo de las organizaciones sindicales y empresariales de mayor representatividad en Andalucía, habiendo sido sustituidos posteriormente alguno de ellos al cumplirse los supuestos previstos legalmente para ello.
Transcurrido el plazo de duración del mandato de tales miembros, fijado en dos años por el artículo 7º.1. de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales y atribuidos los resultados electorales correspondientes a las elecciones sindicales celebradas en
1986, por Resolución de 5 de junio de 1987, de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con cuanto dispone el apartado segundo del artículo 7º antes mencionado, procede efectuar su renovación en base a las propuestas de designación formuladas por las distintas organizaciones. En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
D I S P O N G O:
Artículo primero. Son miembros titulares del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales en representación de la Central Sindical Unión General de Trabajadores:
D. Isidoro Romero de la Osa Vallejo
D. Manuel Angel Fernández González
D. Emilio Fernández Cruz
D. Francisco Orta Bueno
D. Francisco Valenzuela Posada
Artículo segundo. Son miembros titulares del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales en representación de la Central Sindical Comisiones Obreras:
D. Manuel Gómez Lobo
D. Manuel Gaitán Cabrera
D. Manuel Verano Martínez
D. Jaime Montes Muñoz
D. Miguel Conde Villuendas
Artículo tercero. Son miembros titulares del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales en representación de la Confederación de Empresarios de Andalucía:
D. Emilio Corbacho Alvarez
D. Rafael García Hidalgo
D. Santiago Herrero León
D. Eulogio Ingelmo Pinilla
D. Francisco Moreno del Rosal
D. Miguel Angel Olalla Mercadé
D. Antonio Ponce Fernández
D. Antonio Sánchez-Roselly
D. Francisco Torres Fernández
D. José Luis Haurie Vigne
Artículo cuarto. Son miembros suplentes del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales en representación de la Central Sindical Unión General de Trabajadores:
D. Joaquín Bermúdez Silva
D. Juan Ramón Troncoso Pardo
D. Antonio Cueva Delgado
D. José Segura Melero
D. Joaquín Solano Pérez
Artículo quinto. Son miembros suplentes del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales en representación de la Central Sindical Comisiones Obreras:
D. Miguel A. Esteban Peláez
D. Francisco Casado Sánchez
D. Luis López Alvarez
D. Francisco López Mejías
D. Rafael Hueso Carrión
Artículo sexto. Son miembros suplentes del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales en representación de la Confederación de Empresarios de Andalucía:
D. Ramón Contreras Ramos
D. Francisco Bono Hartillo
D. Antonio Carrillo Alcalá
D. Pedro Moreno Sanchiz
D. José María Fernández Palacios
D. Manuel García Mata
D. Nicandro Rodríguez Folgar
D. Rafael Santos Romero
D. Moisés Sampedro Abascal
Sevilla, 24 de febrero de 1988
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
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