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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 17 de diciembre de 1987 por la Audiencia Territorial de Granada en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1338/85 promovido por la Empresa Construcciones Moreno y Fernández. S.A. (COMOFESA), sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallo: Que estimando el presente Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la entidad mercantil Construcciones Moreno y Fernández, S.A., (COMOFESA), contra la Resolución del Delegado Provincial en Granada, de Trabajo y Seguridad Social (Junta de Andalucía), de fecha 17 de mayo de
1985, que impuso a dicha entidad una sanción de multa de cincuenta mil pesetas, por infracción del artículo 7 del Decreto 2380/73, de 17 de agosto, y otra sanción de multa de cincuenta mil pesetas, por infracción del artículo 35 de la Ley 8/80, de 10 de marzo, y contra la Resolución del Director General de Trabajo de la Seguridad Social (Junta de Andalucía), de fecha 6 de septiembre de 1985, que desestimó el Recurso de Alzada interpuesto contra la primera, debemos anular y anulamos dichos actos administrativos por no ser ajustados a derecho, y condenamos a la Administración correspondiente a que restituya a la entidad actora el importe de dichas dos multas, que la mencionada entidad ya ha hecho efectivas. Sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 4 de abril de 1988.-El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco
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