Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 19/1/1988

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud

ORDEN de 16 de diciembre de 1987, por la que se establece nuevo plazo de opción de la integración del personal de los hospitales clínicos de Granada y Sevilla en los regímenes estatutarios de la Seguridad Social.

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La Mesa Regional de Integración constituida según lo previsto en la Disposición Final Tercera de la Orden de 6 de septiembre de 1986 (BOJA de

17 de octubre), por la que se regula la integración del personal de los Hospitales Clínicos Universitarios de Granada y Sevilla en los regímenes Estatutarios de la Seguridad Social, a la vista de la concurrencia de supuestos de carácter excepcional que han impedido a determinados interesados, el ejercicio del derecho de opción establecido en la precitada norma, ha elevado solicitud a esta Consejería, a efectos de establecer un nuevo plazo que posibilite la admisión de aquellas solicitudes que por dichos motivos no fueron cumplimentados en los plazos señalados.

En su virtud y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

ORDENO:

Artículo único.

El personal fijo no funcionario que viniera prestando servicios en los Hospitales Clínicos Universitarios de Granada y Sevilla a la fecha de la entrada en vigor de la Orden de 6 de septiembre de 1986 (BOJA del 17 de octubre), podrán integrarse en los correspondientes regímenes estatutarios de la Seguridad Social en los términos establecidos en la referida disposición mediante opción individual en el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación en la presente Orden.

Sevilla, 16 de diciembre de 1987.

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud

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