Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 5/7/1988

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 24 de junio de 1988, de la Dirección General de Administración Local y Justicia, por la que se hace pública la convocatoria de cursos de perfeccionamiento para personal de administración general al servicio de las corporaciones locales, organizados por el Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Interprovincial en Granada.

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De conformidad con la propuesta formulada por el Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Interprovincial de las Diputaciones Provinciales de Almería, Granada, Jaén y Málaga, en el marco de sus actividades para 1988, considerando su difusión de especial interés para la Comunidad Autónoma, se hace pública la convocatoria de los siguientes Cursos de Perfeccionamiento para personal administrativo de Corporaciones Locales:

A) Curso sobre técnicas de archivo, del 3 al 7 de octubre de 1988. B) Curso de perfeccionamiento para personal auxiliar de administración general, del 17 al 28 de octubre de 1988. C) Curso de perfeccionamiento para personal administrativo de administración general, del 7 al 18 de noviembre de 1988. Que se regirán por las siguientes bases:

Primera. Lugar de celebración y número de horas lectivas Los Cursos que se convocan se celebrarán en las Aulas del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación en Granada, en las fechas expresadas, siendo el número de horas lectivas el de 30 para el Curso de Técnicas de Archivo y 60 para cada uno de los restantes.

Segunda. Participantes.

Podrán solicitar la asistencia a los Cursos indicados, el personal que perteneciendo a las Corporaciones Locales del ámbito territorial del Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Interprovincial, reúna los siguientes requisitos:

Para el Curso de Técnicas de Archivo:

Ser funcionario de la Escala de Administración General, subescala administrativa o auxiliar, o

Ser funcionario, de la Escala de Administración Especial, Grupo C o D, con cometido específico en materia de archivo.

Para el Curso de Perfeccionamiento para Personal Auxiliar: Ser funcionario de la Escala de Administración General, subescala auxiliar.

Para el Curso de Perfeccionamiento para Personal Administrativo: Ser funcionario de la Escala de Administración General, subescala administrativa.

Igualmente podrán solicitar la asistencia a dichos Cursos, el personal con contrato laboral por tiempo indefinido de las mismas Corporaciones Locales, siempre que tenga categoría similar a la exigida para los funcionarios, en cada caso, y su cometido guarde relación con el contenido de los Cursos que se convocan.

También podrán solicitar la asistencia a dichos Centros el Personal de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Gobernación de las de Almería, Granada, Jaén y Málaga, en iguales condiciones que el de las Corporaciones Locales.

Tercera. Solicitudes y criterios de selección. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, debiendo formularse en el modelo adjunto que habrá de dirigirse al Centro de Estudios Municipales y de Cooperación Interprovincial en Granada, Plaza Mariana Pineda, número 8, código postal 18009.

A cada instancia se unirá certificación del Secretario de la Corporación respectiva por la que se acrediten los extremos de vinculación a la misma y tiempo de servicios del solicitante, en la subescala que determine su participación al Curso.

El número previsto de participantes para cada uno de los Cursos que se convocan es de treinta, por lo que si las solicitudes excediesen de dicho número, la selección se efectuará teniendo en cuenta el mayor tiempo de servicios efectivos prestados por los solicitantes, no admitiéndose más de tres de una misma Corporación para cada Curso. De ser preciso, asimismo se excluirán los que hayan participado en algún Curso similar organizado por este Centro en los últimos cinco años. En todo caso no se considerará firme la inscripción hasta tanto no se hayan abonado los derechos de matrícula, y justificada la oportuna licencia por parte de la Corporación en donde preste servicios el solicitante.

Cuarta. Derechos de matrícula.

Los derechos de matrícula y expedición de certificado de asistencia se fijan en 10.000 pesetas para los Cursos de Perfeccionamiento, y de 5.000 pesetas para el de Técnicas de Archivo.

Quinta. Certificado de asistencia. Una vez finalizados los Cursos, serán expedidos los certificados de asistencia a los participantes.

Sevilla, 24 de junio de 1988.- El Director General, José A. Sáinz-Pardo Casanova.

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