Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo nº 610/1986, interpuesto por D. Dionisio Martín Roncero contra resolución del Excmo. Sr. Consejero de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, de fecha 17 de diciembre de
1985, desestimatira del recurso de alzada interpuesto contra resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero, de 17 de octubre de 1985, se ha dictado Sentencia por la Sala de la Audiencia Territorial de Sevilla, con fecha de
10 de junio de 1988, declarada firme por Providencia de la misma fecha. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Consejería ha dispuesto la publicación para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la citada Sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por D. Dionisio Martín Roncero, contra la Resolución de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, de 17 de octubre de 1985, ratificada en alzada el 17 de diciembre siguiente, alzando la suspensión, decretada en su nombramiento por la Sala, de la resolución sancionadora.
Sevilla, 19 de enero de 1989
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
Descargar PDF