Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 26/12/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 9 de noviembre de 1989, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, sobre descatalogación de 2,2750 Has. del Monte Dehesa, núm. 63, del CUP, del término municipal de Benalauria (Málaga) (Re. J- 326/89).

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Por el Ayuntamiento de Benalauria (Málaga), en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de noviembre de 1988, se adoptó el acuerdo de solicitar al Instituto Andaluz de Reforma Agraria, la exclusión de una parcela de 2,2750 has. del monte "Dehesa", nº 63 del C.U.P., de la provincia de Málaga, del término municipal de Benalauria. Instruido el oportuno expediente por la Dirección Provincial del I.A.R.A. de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 del Reglamento de Montes, y a la vista de los informes emitidos se ha acreditado suficientemente que la citada parcela no reúne las condiciones que fueron determinantes para su catalogación. En su virtud, vistos la Ley de Montes de 8 de junio de 1965, su Reglamento, aprobado por Decreto de 22 de febrero de 1962, la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 21 de mayo de 1987 (BOJA nº 48 de 5 de junio), sobre delegación de atribuciones en el Presidente del I.A.R.A., y demás disposiciones de general aplicación.

HE RESUELTO

1º. Aprobar la exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Málaga, de 2,2750 has., del monte "Dehesa" nº 63 del C.U.P. de la provincia de Málaga.

2º. Por la Dirección Provincial del I.A.R.A. de Málaga se procederá a la rectificación y amojonamiento del nuevo perímetro del monte y se llevarán a cabo los trámites necesarios para reflejar la nueva situación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Málaga y Registro de la Propiedad correspondiente, de acuerdo con los datos obrantes en el expediente instruido al efecto.

3º. Contra el presente acto, que tiene carácter definitivo en vía administrativa, puede interponerse de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 9 de noviembre de 1989.- El Presidente, Francisco Vázquel Sell.

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