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En virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 1º del Decreto del Presidente 50/1988, de 29 de febrero, sobre reestructuración de las Consejerías, ante la ausencia del Presidente de la Junta de Andalucía durante los días 31 de marzo y
1 de abril de 1989.
DISPONGO:
Artículo único. El Consejero de Gobernación D.Manuel Gracia Navarro, desempeñará las funciones de Presidente de la Junta de Andalucía con las excepciones contenidas en el artículo 18 de la Ley 6/1983, de 21 de julio , del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante los días 31 de marzo y 1 de abril de 1989, por ausencia del Presidente.
Sevilla, 28 de marzo de 1989
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía.
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