Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 21/10/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 28 de septiembre de 1989, por la que se otorgan subvenciones a diversos Ayuntamientos de las provincias marítimas de Málaga y Algeciras, para atender las ayudas extraordinarias concedidas a los tripulantes de las embarcaciones marisqueras afectados por la Marea Roja.

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Por Resolución del Director General de Pesca de 10 de febrero de 1989 y a propuesta de la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud, se prohibía la captura y venta en lonja de moluscos bivalvos en las provincias marítimas de Málaga y Algeciras, decisión adoptada como consecuencia de los resultados analíticos en los que se detectó la presencia de toxina P.S.P. tanto en las citadas especies como en las aguas.

Los Ayuntamientos costeros de La Línea de la Concepción, Estepona, Fuengirola, Marbella y Vélez-Málaga, que desde hace años vienen colaborando con la Dirección General de Pesca en el seguimiento, control y vigilancia de la actividad marisquera, adoptaron la decisión, previa consulta con las Consejerías de Agricultura y Pesca y de Fomento y Trabajo, de otorgar una ayuda extraordinaria a cada uno de los tripulantes afectados de 46.000 Ptas., con carácter urgente, dada la apremiante situación en la que se encontraba este colectivo tras una larga temporada de paralización de sus embarcaciones, con el propósito de solicitar posteriormente una subvención a las referidas Consejerías para sufragar los gastos ocasionados con motivo de esta actuación. A la vista de estos antecedentes, y dentro del programa de acuicultura y marisquero que recoge un proyecto de colaboración con Entidades Locales para la realización de actividades conjuntas en materia de ordenación de los recursos locales, procede por parte de la Consejería de Agricultura y Pesca atender esta petición, otorgando a los Ayuntamientos afectados una subvención que de acuerdo con lo solicitado, cubra el 50% del total de las ayudas concedidas, por lo que

D I S P O N G O:

Artículo primero:

Por la presente Orden se regula la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Línea de la Concepción, Estepona, Fuengirola, Marbella y Vélez-Málaga con destino a sufragar parte de los gastos ocasionados por las ayudas otorgadas a los tripulantes de las embarcaciones marisqueras que suspendieron su actividad como consecuencia de la marea roja. Las presentes subvenciones se consideran en razón de su objeto, como específicas, dado su carácter extraordinario e imprevisto.

Artículo segundo:

La cuantía que corresponde a cada uno de los Ayuntamiento es la siguiente:

Vélez-Málaga 1.150.000 Ptas.

Fuengirola 1.219.000 Ptas.

Marbella 368.000 Ptas.

Estepona 3.243.000 Ptas.

La Línea de la Concepción 5.336.000 Ptas.

Artículo tercero:

La cuantía de la subvención será el resultado de la suma de 23.000 Ptas. por tripulante que en su día fueron reconocidos como afectados en las listas confeccionadas por los Ayuntamientos, supervisadas por la Consejería de Agricultura y Pesca y mencionados en el artículo anterior, que cumplan las siguientes condiciones:

a) Con respecto a los tripulantes: encontrarse enrolado en una embarcación marisquera con anterioridad al 10 de febrero de 1989.

b) Con respecto a las embarcaciones: estar inscritas en el censo de embarcaciones marisqueras y dedicarse de forma habitual a la actividad marisquera.

Artículo cuarto:

El abono de las ayudas se hará mediante Resolución del Director General de Pesca en la que se hará constar la relación de afectados y justificación del pago por Ayuntamiento.

Artículo quinto:

Se faculta al Director General de Pesca para la ejecución y desarrollo de las normas de la presente Orden.

Artículo sexto:

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de septiembre de 1989.

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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