Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 14/11/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 9 de noviembre de 1989 del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan cursos de formación para el personal al servicio de la administración de la Junta de Andalucía a celebrar durante 1990.

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos, aprobados por Decreto 50/1987, de 25 de febrero, uno de los fines específicos del Instituto Andaluz de Administración Pública es el de la formación del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucia.

Con la experiencia adquirida a través de las programaciones de los dos años anteriores, del desarrollo de los Cursos y de las sugerencias realizadas por los alumnos que han asistido a ellos, con la presente convocatoria, y en su ejecución, se pretende mejorar el nivel de calidad del servicio prestado. Con esta intención, se convocan ahora los cursos que constituirán el núcleo fundamental de la acción formativa de este Instituto para el año 1990, sin perjuicio de que se organicen otras actividades para atender demandas específicas que en temas de formación puedan formularse.

Hasta ahora, la programación de Cursos se ha ido completando con una serie de datos que permitiera a los solicitantes saber mejor qué curso podía satisfacer sus necesidades formativas y a la Administración orientar la demanda de acuerdo con el interés público.

Avanzado en esta idea, la presente Convocatoria, junto con la programación de nuevos cursos, presenta una novedad con respecto a las anteriores, cual es la de haberlos agrupado por áreas; así aparecen las áreas de Derecho Administrativo, Económico-Financiera, organización del Trabajo, Prestación de Servicios y comunidad europea. Esta sistematización inicial abre un amplio abanico de futuras posibilidades se está formando el personal al servicio de la Junta de Andalucia.

En su virtud de todo lo expuesto, consultadas las Centrales Sindicales más representativas en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucia (UGT, CCOO, y CSIF), se hace pública la presente convocatoria de cursos de acuerdo con las siguientes bases:

1- El instituto Andaluz de Administración Pública convoca, para su celebración durante 1990, los Cursos que se indican en el Anexo I de esta Resolución, de acuerdo con las especificaciones que figuran en cada uno de ellos.

2- Podrá solicitar la participación en los Cursos convocados todo el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucia, excepto el personal docente no universitario y el sanitario de Instituciones Sanitarias, atendiendo a la definición de los Destinatarios recogida en la exposición de cada Curso y utilizando el modelo de solicitud que figura como Anexo II.

3- Cada solicitante deberá rellenar una única oinstancia, pudiendo solicitar hasta un máximo de tres cursos que deberá ordenar por orden de preferencia.

4- Se solicitará realizar los cursos en su propia provincia de trabajo, en los casos en que se celebren en ésta. El incumplimiento de lo dispuesto en esta base dará lugar a la exclusión del Curso solicitado.

5- Las solicitudes, dirigidas al Iltmo.Sr.Directo del Instituto Andaluz de Administración Pública, Plaza Cristo de Burgos, 31. 41003 SEVILLA, se entregarán en el correspondiente registro de entrada de documentos del centro de trabajo del interesado o unidad administrativa de la que dependa, debiendo cumplimentarse el informe que figura en el Anverso por el órgano competente, de acuerdo con lo previsto en el artículo cuarto del Decreto 255/1987, de 28 de octubre, de atribución de competencias en materia de personal y, en su caso, en las disposiciones de delegación que haya podido dictar cada Consejaría.

6- Una vez cumplimentado el Anverso de la solicitud por el órgano competente, se remitirá por éste al Instituto Andaluz de Administración pública antes del día 15 de diciembre de 1989, a sabiendas de que, por el propio proceso de informatización que se sigue con las solicitudes,no se tendrán en consideración aquéllas que lleguen con posterioridad a dicha fecha.

7- El plazo de presentación de solicitudes en los respectivos Registros será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia.

8- La selección de participantes en cada Curso se realizará por una comisión compuesta por un representante de cada una de Las Centrales Sindicales; Unión General de Trabajadores, Comisiones Obreras y confederación Sindical Independiente de Funcionarios, y un representante de cada uno de los siguientes centros directivos: Dirección General de la Función Pública, Dirección General de Organización y Métodos e Inspección General del Instituto Andaluz de Administración Pública, que podrá delegar en el jefe de Servicio responsable de las competencias de Formación actuará como secretario de la comisión un funcionario del Instituto, y podrán ser invitados expertos a efectos de asesoramiento.

9- La selección de los participantes se efectuará mediante un baremo informatizado, basado en los siguientes criterios:

1-Prioridad establecida por el interesado entre los distintos cursos solicitados.

2-Valoración de la necesidad o conveniencia de realización del Curso, efectuada por el Organo competente.

3-Adecuación del solicitante a las características que definen los destinatarios de cada curso; estabilidad en la relación laboral; antiguedad.

4-Distribuición proporcional de las plazas entre las distintas Consejerías y Organismos Autónomos en función de los ámbitos personal y territorial a que afecte cada Curso.

5-Realización de cursos en años anteriores, organizados por el I.A.A.P.

10- Una vez efectuada la selección, se dará traslado del Acta correspondiente a las Consejerías y Organismos Autónomos para conocimiento de los interesados y pago de las correspondientes matrículas.

11- El importe del coste de la matrícula será abonado por la Consejerías u Organismos Autónomos de destino de los admitidos,o, en caso de desconcentración, por sus servicios periféricos correspondientes, de acuerdo con el siguiente procedimientoª una vez que se comunique la admisión al Curso, se debe efectuar el pago de la matrícula, y del documento de ingreso o transferencia bancaria se enviará una copia al I.A.A.P., como justificante de pago.

12- los asistentes a los Cursos devengarán, en su caso, las indemnizaciones por razón del servicio que puedan corresponderles según la legislación vigente en dicha materia.

13- A los participantes en los distintos cursos convocados, siempre que en ellos concurran todos los requisitos de la presente Convocatoria, les será expedido el correspondiente Certificado de Asistencia, no pudiéndose obtener el mismo si se dejara de asisitir a más de un diez por ciento del total de horas lectivas programadas.

14- En base al número de peticiones recibidas y a la procedencia de las mismas, el Instituto Andaluz de Administración Pública, oída la comisión de Selección, podrá alterar la programación convocada, ampliando o suprimiendo el número de Cursos a celebrar o las sedes en que deban desarrollarse.

Sevilla, 9 de noviembre de 1989.- El Director, José Luis Roldán Murillo.

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