Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 5/1/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ORDEN de 28 de diciembre de 1989, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto al Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla (Sevilla), para el mantenimiento del hogar del pensionista.

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La Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía en su Exposición de Motivos, en orden al mandato constitucional de acción protectora a determinados sectores de población diferenciada, que la Constitución señala en los artículos 39, 48, 49 y 50, reconoce el derecho de todos los ciudadanos a los Servicios Sociales. El artículo 4º de la Ley establece el contenido de éstos, cuáles son los recursos, actividades y prestaciones tendentes a la promoción del desarrollo de los individuos y grupos sociales para la obtención de un mayor bienestar social y una mejor calidad de vida, línea que sigue la Ley a lo largo de su articulado. Por otro lado, el artículo 27 de la citada Ley, establece la consignación económica consecuente en los presupuestos de la Junta de Andalucía, para hacer frente a los gastos que se deriven de los servicios y programas gestionados por las Corporaciones Locales. Por todo ello, y como quiera que es de interés mantener el funcionamiento del Hogar del Pensionista dependiente del Area de Servicios Sociales del Ayuntamiento citado, ante su solicitud, en orden al logro de los objetivos que la Ley pretende, y, por existir crédito presupuestario para otorgar, con carácter extraordinario, la subvención epigrafiada sin que sea posible promover concurso público por la naturaleza específica de la actividad que se viene realizando, de conformidad con lo dispuesto en el artículo vigésimo segundo de la Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989. En su virtud y en uso de las atribuciones que me están conferidas por los artículos 39.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, y 10º b) de la Ley General

5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

D I S P O N G O:

Artículo Primero. Conceder al Ayuntamiento de la Puebla de Cazalla (Sevilla) una subvención específica por razón del objeto por un importe de cuatrocientas mil pesetas (400.000), para el mantenimiento del Hogar del Pensionista, con cargo a los Presupuestos de esta Consejería para 1989.

Artículo Segundo. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de diciembre de 1989.

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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