Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 332/1988, de
5 de diciembre, por el que se regula la composición y funcionamiento de los Consejos Escolares de ámbito territorial en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8.1 del Decreto 332/1988, de 5 de diciembre, previa propuesta de las Organizaciones Patronales de la Enseñanza y de las Organizaciones de Centros en Régimen de Cooperativas.
D I S P O N G O:
Artículo único. Vengo en nombrar Consejeros del Consejo Escolar de Andalucía por el grupo de Titulares de Centros Privados sostenidos con fondos públicos, a los siguientes señores: A) POR LAS ORGANIZACIONES PATRONALES DE LA ENSEANZA:
D. Alfredo Arce Medina.
Sustituto, D. Juan Carlos Morales Rodríguez.
D. Luis Escuchurri Lacarra.
Sustituto, D. Severino Barra Sanz.
D. Restituto Méndez Fernández.
Sustituto, D. José María Fernández Rodríguez. B) POR LAS ORGANIZACIONES DE CENTROS EN REGIMEN DE COOPERATIVAS:
D. Rafael Moreno Hernández.
Sustituto , D. Román Docio Salas.
Sevilla, 12 de febrero de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Descargar PDF