Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 20/2/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 29 de enero de 1990, por la que se concede autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro Docente Privado de Educación Preescolar Los Pequeños de Nerja (Málaga).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente instruido por Dª Rosa Martín Montes, en su calidad de titular del Centro Privado de Educación Preescolar "Los Pequeños", con domicilio en c/ General Asensio Cabanillas, 1 de Nerja (Málaga), en solicitud de autorización definitiva de un centro de Educación Preescolar con 1 unidad de Párvulos, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 6º y siguiente del Decreto 1855/74, de 7 de junio; Resultando que el Centro Privado "Los Pequeños" ha obtenido la autorización previa, a la que alude el Artículo 5º del Decreto mencionado; Resultando que en el expediente de autorización definitiva han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección y de la Unidad Técnica de Construcciones;

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970 (BOE del 6 de agosto); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio), sobre régimen jurídico de las autorizaciones de los centros no estatales de enseñanza; la Orden de 24 de abril de 1975 (BOE del 2 de mayo); la Orden de 14 de agosto de 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden de 22 de mayo de

1978 (BOE del 2 de junio); y demás disposiciones complementarias; Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro Docente Privado de Educación Preescolar "Los Pequeños", cuyo código es 29602384 y domiciliado en Nerja (Málaga), c/ General Asensio Cabanillas nº 1, con 1 unidad de Preescolar (Párvulos) para 28 puestos escolares. Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el Artículo 52, 2º de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de enero de 1990

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Descargar PDF