Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 23/2/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 30 de enero de 1990, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa por el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz), de los terrenos necesarios para llevar a cabo las obras del proyecto de acceso a la playa de la Barrosa (2a fase), carretera del Molino Viejo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz) acordó, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 1989, incoar expediente de expropiación forzosa de los bienes necesarios para llevar a cabo el Proyecto de Acceso a la Barrosa (2a fase), Carretera del Molino Viejo, aprobando asimismo, la relación de bienes y derechos afectados por el citado Proyecto, una vez que los requisitos previos de esta institución, declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación, se entienden implícitos a tenor de lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa y 94 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

En la misma sesión, la Corporación acordó facultar al Sr. Alcalde-Presidente para que solicitara del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la urgente ocupación de los terrenos objeto de expropiación forzosa afectados por el citado proyecto, petición que formalizó la Alcaldía con fecha 10 de octubre de 1989 habida cuenta de las circunstancias que concurren en el presente caso y que viene dada par la urgente necesidad de comenzar las obras no sólo por razones de tipo urbanístico derivadas de la ejecución del planeamiento, contemplado en las Normas Subsidiarias de ámbito municipal, sino porque el tratarse del único acceso a la zona de la Barrosa, procese acometer de inmediato la ejecución de las obras con el fin de que puedan estar terminadas en la temporada varaniega de 1990, dada su insuficiencia para soportar el tráfico que genera la población flotante que se establece en aquella zona y el de los visitantes que se dirigen a la playa, convirtiendo esta vía en una de las de mayor retención y siniestrabilidad de la red viaria nacional, por lo que las obras proyectadas vendrían a eliminar o, al menos, a resolver en parte los graves problemas que plantea el tráfico rodado en la zona. Como quiera que por la Corporación se han identificado plenamente los bienes que han de ser objeto de ocupación, y practicado la correspondiente información pública, mediante inserción del correspondiente edicto en el periódico "El Diario de Cádiz", de fecha 15 de enero de 1989, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 18 de fecha 23 de enero de

1989, sin que durante el plazo de exposición se haya presentado reclamación contra la misma, procede declarar la urgente ocupación pretendida, al entederse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo

56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el 52 de la Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, en relación con el apartado 4.3 del Real Decreto 3315/83, de 20 de julio, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de enero de

1990

A C U E R D A

Se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa por el Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz), de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de Obras de "Acceso a la Playa de la Barrosa 2a fase, Carretera del Molino Viejo", en el que aparecen identificados, con expresión de sus titulares, linderos y superficie a expropiar.

Sevilla, 30 de enero de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y

CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

Descargar PDF