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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 4 de marzo de 1989, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recuros núm. 596/87, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: "Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso interpuesto por el Procurador Sr. Arévalo Espejo en nombre y representación de D. Luis Garre Torres y D. Joaquin Sierra Bretones contra resoluciones del Consejero de Gobernación, de 26 de marzo de 1987 , desestimatorias de los recursos de reposición interpuestos contra otras , de 3 de octubre y de 28 de septiembre de 1986, por las que se denegaba a los recurrentes la compatibilidad solicitada, que confirmamos. Sin costas. Y a su tiempo, con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia".
Sevilla, 16 de marzo de 1990.- El Director General, José de Haro Bailón.
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