Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 10/4/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

CORRECCION de errores de la Orden de 8 de enero de 1990, por la que se aprueban distintas experimentaciones en los Centros de Reforma de las Enseñanzas Médias en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 22, de 13.3.90).

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Publicada la Orden de 8 de enero de 1990 (BOJA de 13 de marzo), por la que se aprueban distintas experimentaciones en los Centros de Reforma de las Enseñanzas Medias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se procede a la siguiente corrección de errores detectados en la publicación de la citada Orden.

Primero.-

En el apartado Primero donde dice:

"Autorizar a los Centros de Bachillerato y Formación Profesional que se relacionan en el Anexo I para impartir las enseñanzas correspondientes al Ciclo Polivalente de la Reforma de las Enseñanzas Medias definidas en la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 3 de mayo de 1985 (BOJA 17 de mayo) y desarrollada en la Resolución de la Dirección General de Ordenación Académica de 4 de abril de 1988 (BOJA de 19 de abril)."

Debe decir:

"Autorizar a los Centros de Bachillerato y Formación Profesional que se relacionan en el Anexo I para impartir las enseñanzas correspondientes al Ciclo Polivalente de la Reforma de las Enseñanzas Medias definidas en la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de 3 de mayo de 1985 (BOJA 17 de mayo) y desarrollada en la Resolución de la Dirección General de Ordenación Académica de 4 de abril de 1988 (BOJA de 19 de abril). Al crearse el I.B. número 6 de Almería, por transformación de la Extensión del I.B. Alhadra, se reconocen al citado I.B. número 6 la impartición de las enseñanzas del Ciclo Polivalente, autorizadas por Orden de 3 de noviembre de 1986 (BOJA de 14 de noviembre) a la Extensión antes mencionada.

Segundo.-

En el apartado Segundo, donde dice:

"Autorizar a los Centros de Bachillerato y Formación Profesional que se relacionan en el Anexo II para impartir las modalidades de Bachilleratos del Segundo Ciclo de Enseñanza Secundaria que se citan en el mismo".

Debe decir:

"Autorizar a los Centros de Bachillerato y Formación Profesional que se relacionan en el Anexo II para impartir las modalidades de Bachilleratos del Segundo Ciclo de Enseñanza Secundaria que se citan en el mismo. Al crearse el I.B. número 6 de Almería, por transformación de la Extensión del I.B. Alhadra, se reconoce al citado I.B. número 6 de la impartición de los Bachilleratos de Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales y Linguístico, autorizados por Orden de 1 de febrero de 1989 (BOJA de 17 de febrero) a la Extensión antes mencionada".

Tercero.-

En el Anexo I, donde dice:

Almería

Centro Localidad

I.F.P. Abdera Adra

I.B. Tíjola Tíjola

I.F.P. García Ramos Albox

I.B. n. 6 Almería

Debe decir:

Almería

Centro Localidad

I.F.P. Abdera Adra

I.B. Tíjola Tíjola

I.F.P. García Ramos Albox

Cuarto.-

En Anexo II, donde dice:

Granada

Centro Localidad Bachillerato

I.F.P. Pinos Puente Pinos Puente B. Ciencias Naturales

Debe decir:

Granada

Centro Localidad Bachillerato

I.F.P. Pinos Puente Pinos Puente B. Ciencias Naturales

I.F.P. Ulyssea Ugíjar B. Téc.Adm. y Gestión

Sevilla, 5 de abril de 1990

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